Comunicado del Madrid en su web:
1.-El Real Madrid, como club de fútbol, y todos sus jugadores con contrato laboral están sometidos a la legislación laboral actual.
2.-Cuando el jugador Rubén de la Red sufrió el síncope agudo causó baja en la Seguridad Social, como es preceptivo. Es en ese momento cuando se inicia el período de Incapacidad Temporal, que todavía se mantiene hoy, transcurridos 15 meses.
3.-La baja médica fue tramitada como accidente de trabajo, ya que el síncope agudo que sufrió el jugador se produjo desarrollando su profesión de futbolista. Y, como en el caso de cualquier trabajador en España, la Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo se hizo cargo del seguimiento del proceso de esta Incapacidad Temporal, en su función como delegada de la Seguridad Social.
4.- Una vez transcurrido un año de Incapacidad Temporal es preceptivo, según la Ley de Seguridad Social, que la Mutua emita un informe sobre la posibilidad de continuar de baja en Incapacidad Temporal hasta el máximo de 18 meses que contempla la ley, o si, por el contrario inicia la propia Mutua un expediente de invalidez porque considere que la perspectiva médica sea de imposibilidad de curación en dicho plazo.
5.-Este proceso administrativo, regulado por Ley y gestionado por la Administración Pública, es de obligado cumplimiento para la empresa empleadora, en este caso el Real Madrid, que ni siquiera es parte en dicho proceso, y que está a la espera de ese informe que deberá emitir la Mutua Patronal de Accidentes de Trabajo.
6.-El club ha cumplido en todo momento la ley y, por supuesto, todos y cada uno de los compromisos contractuales adquiridos con nuestro jugador.
7.-El Real Madrid ha permanecido siempre a disposición del jugador y le reitera su apoyo y solidaridad.