Duda de nomina

kalix07

Hola buenas , cuando me entregaron mi nomina me escribio mi empresa esto:

En este mes puedes haber tenido una modificación del porcentaje de IRPF
porque se ha producido una actualización de este impuesto.

Si quieres que a partir de ahora se aplique otro porcentaje superior,
tienes que enviarnos una carta firmada indicando el importe

mrbeard

Qué problema hay? Si quieres que te quiten menos se lo indicas, firma y DNI y ya está.

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kalix07

#2 Pero una carta firmada indicando el importe?? Mi pregunta que importe jajaja

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GorkaMorka

#3 Pues es tan simple, como que llames a la persona responsable de tu empresa,para que te diga que % necesitas que te apliquen para que a final de año no te rompa la espalda la agencia tributaria. En mi caso es una gestoría externa, en tu caso pues no lo sé obviamente. Suerte

kritita

#3 Pues el porcentaje de IRPF que te retienen mes a mes, para cambiarlo tienes que pedirlo explícitamente.

Coge una calculadora random de irpf, mira lo que deberías pagar y compara con tu nómina, y si ves que te retienen poco y prefieres regularizar antes de que te lo pida hacienda, pues lo subes.

pankofanto

Modelo 145 y se lo das al administrativo de tu empresa

kalix07

Cuantia me sale 7.8 y tengo un 2 en la nomina ... Lo siento si os molesto pero en administración soy un mono.

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B

Si acabas de empezar y estás con contrato temporal es normal que te pongan la tributación reducida del 2%, si has empezado ahora ni te rayes pq no vas a llegar al mínimo para hacer la declaración, así q seguramente te devuelvan lo poco que has tributado si la presentas.

alejjjosa

A mi también me pasó eso, pero ni me avisaron jajaja.
Te aplican un IRPF mayor al pasar x tiempo en una empresa, si llevas cotizando un año o así, te lo ajustan un poco - que suele ser una subida- para que al final de año no tengas que pagar de más, es algo habitual y cotidiano, así que no te preocupes =) .

wiFlY

#7 si pagas un 2% es porque estás con contrato temporal.

Ojo el día que te hagan fijo. Es mejor que pages un 60% un mes aunque cobres poco a que en la próxima renta te salga a pagar.

Lo normal cuando te hacen fijo viniendo de un contrato temporal es que te hagan una regularización para que la renta te salga a devolver.

Kb

Cuanto llevas en la empresa y cuanto ganas al mes?

Has tenido mas de un pagador este año? Dos empresas? Paro y este trabajo?

Si es si, cuanto cobraste en el total del año hasta entrar en este nuevo trabajo?

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kalix07

#11 cobro 1140 al més llevo dos meses , desde octubre no trabajaba .

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Kb

#12 cobraste paro este año?

Si no es asi, no llegas al minimo, deja el 2%

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kun294

es obligatorio tener un 2 en los contratos temporales y en caso de ser indefinido hay que hacer actualizaciones durante el año, y según lo que ganes, tu edad, mujer,hijos/gente a cargo te sale X.

Y menos de eso no se puede poner aunque no estes obligado a realizar la renta

Nymphetamine

Mucho cuidado. Si cobras menos de 12.450€ en todo el año, no tienes problemas, pero si cobras más y te retienen un 2%... va a llegar junio y te vas a ir de vacaciones a la sección de congelados del Mercadona porque tendrás que pagarle a Hacienda un mes de sueldo.

Entra aquí, que es una calculadora sencilla y bien aproximada para calcular el porcentaje de retención. Rellenas los datos que te pide y al final del todo te aparece el "Tipo de retención de IRPF", ese es el porcentaje que te deberían aplilcar en la nómina.

Si no eres muy prudente y prefieres que la declaración te salga a devolver, súmale un 2% más.

Eso significa darle "financiación gratis" a Hacienda, ya que es un dinero que le "prestas" hasta que te lo devuelve, pero así vives tranquilo.

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kalix07

#13 no he cobrado paro :D PD: Muchas gracias a todos subiré un 2% más

kalix07

#15 me sale tipo de retención 7'88

Kb

Eso es si cobras el año entero. Al haber entrado hace dos meses no llegas al minimo.

Igualmente. Rentas de un pagador inferior a 22000 creo que eran, estan exentos de tributar

2 respuestas
pankofanto

#18 salvo, tener un segundo pagador por un valor superior a 1500€. Que usualmente es el paro

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Kb

#19 por eso le preguntaba por segundos pagadores, baja el limite a 12000 si no recuerdo mam

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rayka

#18 el no estar obligado a presentar la declaración no es lo mismo que obtener rentas exentas de tributacion. Independientemente de que llegues al mínimo o no para presentarla, te tienen que retener lo que corresponda porque los rendimientos del trabajo que percibe están sujetos y no exentos.

pankofanto

#20 creo que sí. O que incluso es obligatorio del tirón. Yo me decanto más por lo segundo. He estado en una gestoría haciendo prácticas. Y he visto a muchos trabajadores agrarios que tenían la obligación del IRPF por el paro.

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