La empresa para la que trabajo no paga el descanso

TERRyBoGaRd

Buenas,

Desde hace unos meses trabajo para un supermercado en el cual yo pensaba que el sueldo era mejor, pero no, es una mierda. La verdad es que no me termina de importar eso ya que estoy a la espera de entrar en otro sitio "mejor", aun así puede que me pegue aquí si me van renovando y a la espera de que salgan un par de cosas incluso un año. Pero vamos, al grano.

Resulta que cuando cobré mi primera nomina no me salían los cálculos, lo comenté a RRHH y me dicen que estoy contando mas horas, y ya me dicen que tengo que descontar los tiempos de "ocio personal" que son 30 minutos diarios. Un poco molesto le digo que entonces por favor modifiquen mis horarios y no me pongan tiempo de ocio personal, ya que aunque lo llamen así, no puedo en esos 30 minutos dedicarlo al ocio, que es un descanso de trabajo de toda la vida...ya de paso le dije un par de cosas mas y me quedé un poco agusto ya que me he sentido un poco engañado pero vamos....un mojón "pa´mi", me dice que es obligatorio cogerlo y punto, no me echa mucha cuenta..

He estado consultando a google y todo lo que encuentro es lo que ya sabia, que si la jornada laboral es superior a 6 horas debe de haber un descanso mínimo de 15 minutos que no se debe descontar del sueldo, es mas, que si no se disfruta ademas ese tiempo se debe de pagar como extra.

Estoy yo equivocado? no se....a ver si me podéis iluminar un poco ^^

P.D.: ademas no respetan las 12 horas de descanso entre jornada y jornada, hay dias que trabajo de tarde y otros de mañana, pues tragedia total, el dia de tarde termino a las 22:00 (esta es mi hora según el horario y hasta la que me van a pagar....pero a esa hora no se sale nunca) y el de mañana pues como muy tarde entro a las 8:00.

GRACIAS!

Kalgator

Mete denuncia anonima :psyduck:

5 2 respuestas
fuNN
#1TERRyBoGaRd:

La verdad es que no me termina de importar eso ya que estoy a la espera de entrar en otro sitio

Pues nada ya estaría, vayan cerrando

2 respuestas
B

#3 como se busca otro trabajo ya dejamos que esa empresa explote empleados?

TERRyBoGaRd

#2 :smiling_imp: ni confirmo ni desmiento que lo haya esho.

#3 con esa frase me refiero al sueldo.....lo de que no me paguen el descanso me ha tocado los cojones muchisimo...MUCHISIMO!

DiSoRDeR

Cóbratelo llendo a cagar 3 veces al día

Ojo, al día, no al Día

12
M

El tiempo descanso o pincho si tu convenio no dice lo contrario no es retribuido,

1 1 respuesta
L

Para que pasarse por la CNT, si puedes preguntar a expertos laborales en un foro de videojuegos.

Para que

1 2 respuestas
TERRyBoGaRd

#7 y en tal caso me pueden obligar a cogerlo si no es retribuido? argh!

TERRyBoGaRd

#8 ome por favoh.....vas a comparar

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BuLLeT_AZ

Te recomiendo que no te sepas tu convenio, sobre todo si estas en periodo de pruebas.

20 1 respuesta
perez_chuck

En Alemania estás obligado a tomarte 30min de descanso durante la jornada y no es retribuido.

1 1 respuesta
TERRyBoGaRd

#11 ya no estoy en pruebas, simplemente a contrato de 3 meses con posibilidad de renovacion
#12 pero allí hay trabajos con un sueldo de 5,6€ brutos la hora?

2 respuestas
BruJo

#13 Gana más el moreno que anda pidiendo en la puerta que tú, hay que joderse.

BuLLeT_AZ

#13
Pues mira, si quieres hacer de mártir por la causa:

  • Instalas un app para grabar en el móvil.
  • Imprimes una copia del convenio y del estatuto general de los trabajadores en las que señales todos los puntos que no se cumplen.
  • Iniciar la grabación, vas a su despacho y le pones la copia delante.

Lo más probable es que te comas un peine. De eso te puedo contar un poco más.

4
BeTiS

Denuncia al canto, lo grabas todo y listos. Encima si estás a la espera de otro trabajo mejor no pierdes nada.

Erethron

Habrás leido seguramente el art. 34.4 ET

"Siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de 6 horas, deberá establecerse un periodo de descanso durante la misma de duración no inferior a 15 minutos. Este periodo de descanso se considerará tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo."

Lo habitual es que se pacte que NO se considere tiempo de trabajo, y por lo tanto, no se paga ese tiempo... Así que no se estaría infringiendo nada... Lo siento pero la ley está así, que a mí me parece abusivo e irracional porque realmente eso no es tiempo de ocio, es un descansito para comer y despejarte, pero no dispones de libertad para hacer algo de ocio realmente, pues te quedas cerca de donde trabajas...

Ya luego lo de que haces más horas de las pactadas puede ser abusivo y sí sería denunciable. Cuando te vayas a ir, planta denuncia a la inspección de trabajo y listo.

Franark

Este caso del descanso no retribuido es el claro ejemplo de como los comités de empresa y sindicatos en general son como cualquier otro ente político, y dentro de sus "funciones" está la de pactar con la patronal para que se haga "liberado" al sindicalista de turno, pudiendo seguir cobrando como si fuese a trabajar mientras se queda en casa tocándose los huevos por el mero hecho de haber vendido a sus compañeros aceptando y firmando propuestas como estas, de que no se paguen los descansos, con el dinero que las empresas se ahorran se puede permitir a los liberados que te venden como si nada.

Y si eres un sindicalista decente que mira por tus compañeros ya se encargarán tus propios compañeros electos de joderte la vida para que acabes abandonando o pasando por el aro, lo sé de primera mano, las mesas de negociación son claros ejemplos de vendidos y comprados.

1
Drhaegar
#1TERRyBoGaRd:

ademas no respetan las 12 horas de descanso entre jornada y jornada

mirate el convenio porque cambia según el sector, en el mío por ejemplo son 10 horas.

Lo del ocio personal no sé de donde se lo habrán sacado pero todo apunta a que te están timando.

1 respuesta
Franark

#19 Pues no sé cuál será tu convenio, pero para tener menos de 12 horas de descanso entre jornadas tienes que pertenecer a uno de estos grupos: empleados de fincas urbanas, guardas y vigilantes no ferroviarios, trabajo en el campo, minas, comercio, hostelería y trabajadores del mar; los cuales se ven afectados por el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo que establece determinadas especialidades para diferentes sectores en cuanto a los descansos semanales y entre jornada.

El resto de mortales, y teniendo en cuenta que estamos hablando de España (por lo que muchísimos se ven afectados por ese Real Decreto, ya que engloba Comercio y Hostelería...) tienen el derecho a sus 12 horas de descanso entre jornadas. En el caso de #1 desconozco en que convenio se engloban los supermercados, pero no me extrañaría nada que esté dentro del apartado del Comercio o Grandes Almacenes o cualquier cosa de este estilo, así que probablemente no te afecten las 12 horas de descanso entre jornadas, bienvenido a España! :D

Un claro ejemplo de esto lo tienes en el Comercio, donde normalmente se trabaja a turnos, una semana de mañana y otra semana de tarde que se van alternando, por lo tanto cuando se abre un domingo y estás de tarde sales a las 22:00 (y eso con suerte...que normalmente tira más hacia las 23:00) y entras el lunes de mañana por el cambio de turno entre las 7:00 y las 9:00 dependiendo del puesto, etc; por lo tanto como muchísimo descansarás 11 horas que normalmente son algunas menos, ya que además tienes que añadir los tiempos de desplazamiento.

redskorpion

#8 No sé yo quién va a darte una respuesta más coherente en este caso

TERRyBoGaRd

bueno, a raíz de hablar (discutir) ayer con uno de los que están en el comité de la empresa....pues he pillado el convenio y lo he estado leyendo y por ejemplo, sobre el descanso entre jornada y jornada pone que el descanso debe ser acorde a la ley, no especifica un descanso concreto de 10 o 12 horas.
Creo que no soy bueno leyendo convenios, porque por ejemplo, pone que las horas extras se pagaran con un 30% por encima del valor de la hora base, pero como yo trabajo algunos días 6 horas, pues a veces mi jefe me avisa unos días antes de que el día "tal" tengo que trabajar 2 horas mas.....pero no me las pagan como extra.
No encuentro en ningún punto que hablen sobre el descanso "pal bocata".....solo habla en el descanso de la jornada diaria que si es turno partido sera como mínimo de 2 horas y 4 como máximo.
Luego una duda mas que tengo, yo estoy contratado por meses, el convenio se debe de aplicar igual para mi que para los que están "fijos" no? porque por ejemplo pone que quien tenga una jornada de al menos 5 días a la semana de trabajo debe disfrutar de al menos 6 fines de semanas completos al año....y yo ya tengo el horario anual que seria el que tendría en caso de que me vayan renovando, y no tengo ni 1 fin de semana completo, eso si, hay 2 periodos del año que tengo parones de 15 días.....no se si es por eso.

P.D.: de todos modos ahora tengo algo que me indigna mas y es que ya tengo todo el barrio lleno de gilipollas que como les han dado 15 dias de vacaciones pues se han venido a la costa gaditana a disfrutar del buen tiempo. TOCATE LOS COJONES!

sagha

#2 las denuncias nunca son anonimas

2 respuestas
TERRyBoGaRd

#23 pone que es anónima, pero al rellenar la denuncia me pide los datos :sweat_smile:
Entiendo que es anónima a ojos de la empresa denunciada

1 respuesta
Kalgator

#23 #24 La empresa nunca va a saber quien ha hecho la denuncia, y, piden datos por si metes denuncias falsas (que es delito vaya)

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