Alberto Rodríguez, el rastas podemita, imputado

B

#600 no se reformula la sentencia, lo que hace es interpretarse. El juez no puede exigir cumplir algo que no se ha dictado.

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Dieter

#596 tras la presion del supre. TOCATE LOS COJONES. Estan con la vendan antes de la herida?. Hasta donde yo se, las sentencias no se interpretan y el articulo 42 del cp no lo han modificado desde la reforma.

ChaRliFuM

#601 las sentencias no se interpretan, se cumplen. De hecho el deber de los jueces es que las sentencias sean lo suficientemente claras para que se entiendan sin mayores problemas.

Cuando hay algún error material o algo no queda lo suficientemente claro se puede pedir una aclaración de la sentencia.

Solo faltaba que las sentencias fueran interpretables para que cada uno las cumpla como le venga en gana xddddd.

El nivel de demagogia y populismo que os gastais algunos es tremendo

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B

#603 pero es el juez quien esta interpretando. Si el juez quiere inhabilitarlo le podría haber puesto una pena con inhabilitacion y no lo hizo.

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cabron

#604

la inhabilitación es por la pena de cárcel, no por la inhabilitación para votar, que no sabes ni de lo que hablas.

la sentencia del Supremo puede comprometer la permanencia de Rodríguez como diputado. Estas fuentes explican que para presentarse a diputado no se puede tener una condena firme de prisión (artículo 6.2 de la Ley Electoral) y que, por tanto, la Junta Electoral puede entender que concurre una causa de inelegibilidad sobrevenida que haga que pierda el escaño.

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B

#605 pero este señor no tiene una pena de cárcel.

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cabron

#606

sí la tiene, pero se la han sustituido por una multa, por eso Podemos dice que ya no vale, mientras que el juez dice que es igual:

Unidas Podemos discrepa de esta interpretación. Fuentes de este grupo defendieron ayer que la decisión del Supremo de cambiar la pena de cárcel por una multa impide que la condena de Rodríguez implique una inhabilitación absoluta para el ejercicio del cargo, sanción que no ha sido impuesta por el tribunal. Juristas consultados admiten que esa sustitución (impuesta por el artículo del 71.2 del Código Pena para las penas inferiores a tres meses) abre la puerta a otras interpretaciones, pero advierten de que ese artículo se refiere a la ejecución de la pena de cárcel, pero no anula la existencia de esta, por lo que podría seguir existiendo la causa de inelegibilidad sobrevenida. La decisión final, en todo caso, no se adoptará hasta que la resolución y el auto de ejecución sean notificados al Congreso y se conozca la posición de la Junta Electoral, señalan fuentes parlamentarias.

ya que te pagan por defender el partido al menos usa un argumento que no se desmonte mirando el primer resultado que enuentras en google.

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B

#607 puedes leer el informe de los letrados del congreso de porque eso no es así. Te animo a ello.

Pero bueno supongo que son mejores los ataques personales. El TS pudo imponer una pena privativa de libertad y no lo hizo.

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Dieter

#608 hostia con la respuesta de cordel de twitter.

Por cierto leyendo la sentencia, pues no se porque el rastas debería dejar el escaño. Le condenan a derecho de sufragio pasivo, y las inhabilitaciones especiales hay que especificarlas, con el CP en mano el tio debería seguir en el escaño, otra cosa es que la ley electoral diga algo al respecto o haya jurisprudencia.

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squ4r3

#609 se supone que retirarle el derecho a sufragio pasivo lo que impediría es que se presentase en listas en las próximas elecciones, no? Es decir, no es retroactivo y el tío ya ha salido elegido.

Por lo que entiendo yo (que es muy poco), si fuera por sufragio pasivo no tendría que dejar ahora el escaño.

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B

#609 no dice nada y no hay jurisprudencia.

El caso es que como tiene una condena privativa de libertad debe abandonar el escaño pero en realidad no la tiene.

#610 son 4X días de pena.

Dieter

#610 es eso, al tio no le pueden votar. Pero por el resto, la sentencia no registra una inhabilitación especifica.

cabron

#608

ahhh el clásico "a leer", no sé por que no puedes explicarlo tú mismo.

Y para que quede claro, yo no le he dado la razón a nadie, principalmente por que en temas jurídicos si ni siquiera ellos se ponen de acuerdo no vas a saber tú quién tiene razón te leas lo que te leas, lo que he hecho ha sido poner la argumentación para suspenderle que es "tiene condena de pena cárcel y el cambio por multa no le quita la condición de condenado" que dista mucho de tu interpretación de "el juez se inventa la sentencia para inhabilitarle de cualquier manera"

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B

#613 no tiene una condena de pena de cárcel porque no se le podía condenar con pena de cárcel. Entonces la condena no es privativa de libertad y por tanto no podía suponer dejar su escaño.

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B

Estoy dividido entre Alberto Rodríguez e Iñigo Errejon :(

cabron

#614

vaya no tiene condena de pena de cárcel a pesar de que le han condenado a 45 días de cárcel, supongo que así es como funcionan las cosas cuando estás metido en un partido, si sale algo que va en contra de lo que te dicen simplemente cierras los ojos muy fuerte hasta que parece que no existe.

Te vuelvo a repetir, la argumentación del juez es que la sustitución final de la pena por una multa no cambia que ha sido condenado a 45 días de cárcel, si esa argumentación es correcta o no, no lo sé yo, ni tú, y ya se verá quién tiene razón, pero dista mucho de "la condena no existe el juez se inventa la inhabilitación"

Masada

#601 Ante la duda se pide una aclaración de sentencia, perfectamente regulada.

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B

#617 y es lo que se ha pedido.

Dieter

el croquis es el siguieten, tiene una pena de carcel de menos de tres meses, se le sustituye, pero la condena es de CARCEL. Las aclaraciones son de dos dias. Me hice un cursillo de procesal y codigo penal durante los ciclos reaper indepes, debería echar oposiciones a cualquier cosa del ministerio de interior.

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B

#619 pero deberia utilizarse la interpretación más favorable en el ejercicio de los derechos fundamentales y teniendo la posibilidad de sustituir la pena de cárcel por otra pena también privativa de libertad no lo hicieron.

De todas formas creo que el TS lo que interpreta es que lo del derecho a sufragio pasivo lo inhabilita para estar en el congreso.

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Lexor

#619 de facto yo creia que lo eras xD
#620 al menos ya reconoces que es valid lo sucedido, tan solo no te gusta

Dieter

#620 no, la setencia es prision. Punto, luego se le ha sustituido por la TBC, la multa que toque o lo que sea. LA sustitución no es la condena del fallo. La cuestión es esa inhabilitacion de sufragio pasivo, que a priori no vale para que deje el escaño.

Erethron

#620 No interpretes lo que no se puede interpretar.

Se le ha condenado a prisión. El CPenal permite la sustitución de dicha pena por trabajos en beneficio de la comunidad si es menos de 2 años creo recordar. 2 días de trabajo por cada día de prisión. Eso se solicita y se le permite la sustitución.

En un país decente este político debería haber dimitido de su cargo desde que fue sentenciado. Da igual que fuera a pena de prisión o de multa. Ha cometido un delito, y como mínimo a mí un delincuente no me representa.

Pero la palabra dimitir no existe en España para ningún político, da igual la ideología.

Nos gobiernan delincuentes, y tú defendiendole. Te untarán bien

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KaNiBaL_Cb

#623 Un delincuente xDD

que flipaos

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Y

Como está el Telegram tergiversando la realidad e intentando dar cera a Marchena xdddddd

Nunca dejan de sorprenderme los CM replicando como loro lo que le dicen sus amos

B

#623 En un país decente un político se enfrenta a una pena por estar en una manifa...

Cuando la costumbre aquí era por trapicheos, corruptelas con dinero público y demás.

Sinceramente prefiero este político a cualquiera del PSOE o del PP. Que pronto se nos olvida la época en la que todos los días se habría el telediario con la detención de un político azul o rojo por menudear con lo público.

Además seguramente esa patada represente ak 90% de España.

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HamStar

Ser podemita es la hostia siempre ganas! si los condenados son los otros son unos corruptos, si son los tuyos la justicia es fascista

DunedainBF

El daño que hacen a las instituciones los Mavifes y demás progrebots con lo de marchena marcheneando y demás titulares y tweets estúpidos que están apareciendo al respecto de esta y otras noticias, minan las bases de la democracia con sus mentiras, provocando que los ciudadanos desconfíen de un sistema que funciona bastante mejor de lo que les hacen pensar.

Y

#626 Y a Farruquito se le condenó por conducir sin carnet xd

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B

#598 Claro, porque la GC creada por Franco si es un cuerpo ejemplar. Lo que hay que leer en MV.

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