Solo pido no tener que pagar
Muchas gracias por el aporte, solo una errata que he encontrado, en el primer punto del apartado Novedades, pones lo siguiente:
"Trabajadores por cuenta ajena en ERTE: como sabéis, el paro cuenta como segundo trabajador"
Entiendo que es pagador, no trabajador.
Pillo follada por el pago del ERTE que cuenta como segundo empleador
De la de 2019 me devolvieron 1080 pavos kek
He tenido un hijo el año pasado.
¿ Hay que hacer algo especial ? Entiendo que es solo rellenar hijos a cargo y poco más.
¿ Para el tema de ingresos de la SS por paternidad esto ya viene rellenado automáticamente ? Entiendo que esto está exento de IRPF así que no sé donde debería ir.
¿Algo más a tener en cuenta del tema de tener un hijo de cara hacienda ?
¿ Por último que declaración expira este año ? ¿ Creo que es el 31 de Diciembre que expira no ? Aunque no sé si es la de 2017 o 2016 siempre me lío con esto.
Gracias.
Ya me respondo yo mismo a lo último:
"Así pues, en principio y como norma general, la documentación y la declaración de la Renta del 2016, cuyo plazo de presentación finaliza el 30 de junio de 2017, debe conservarse hasta el 30 de junio de 2021."
#37 Mírate lo de los hijos en alguna web especializada, creo que dependiendo de si estás casado o no, se hace de forma diferente.
El año pasado me pasó y recuerdo visitar alguna página para enterarme de cómo hacerlo.
Nosotros tenemos una duda, a ver si algún mediavidero sabe (aunque lo consultaremos con Hacienda cuando se abra el plazo):
Mi mujer estuvo en ERTE (poco tiempo, pero estuvo) y gracias a la maravillosísima gestión de las AAPP, cobró más de lo que debía (le ingresaron dinero cuando ya se había reincorporado a su puesto de trabajo). La seguridad social está avisada desde el momento que vimos ese ingreso y nos dijeron que teníamos que esperar una carta en la que se nos indicaría de qué forma hay que devolver ese dinero de más (carta que, hasta ahora, no nos ha llegado, y hemos vuelto a preguntar varias veces y en todas las veces nos dicen que nos esperemos).
Ese excedente ¿debe entrar en la declaración? Lo lógico sería que no, pero con la AEAT pocas bromas.
Dos pagadores por el ERTE, me van a follar y encima en un mes o dos igual me despiden por ERE.
VAMOS COÑO TODO BIEN.
Buen hilo. He estado escuchando este año que los que hemos estado en ERTE íbamos a ser crujidos por Hacienda. Tengo curiosidad por cuanto me sale a pagar... Si normalmente pago unos 200€, este año no va a ser menos.
#53 depende del tiempo del ERTE y tal hablaban de unos 1k€.
¿Cómo va el tema con las acciones en mercado? Si no se han vendido me refiero y simplemente las tienes ahí en cartera.
Tengo una duda que a ver si alguien me puede resolver,
en 2017 me fui a trabajar y vivir en UK.
Estuve unos 175 días fuera de España, y por motivos personales me tuve que volver. Siempre he tenido la nómina que me ingresaron en aquellas fechas en un banco de UK. Como era un tolai en aquel entonces, ni se me ocurrió nada respecto a la declaración de la renta.
¿Debería declarar algo para que Hacienda sepa que tengo unos ahorros en el extranjero?
a mi el año pasado me salía que les tenia que pagar 190€ y como no llegaba al mínimo para presentarla, solo consulte el borrador para ver cuanto les tenia que devolver y no lo tramite, eso es legal verdad? Si les tengo que pagar eso el año pasado porque no me lo han cobrado? Me lo regalan al no haber presentado la declaración de la que no es obligatoria según mi caso?