#57 pues que vive del trabajo ajeno, de explicarlo concretamente.
Rosalia lo peta, él lo analiza y sube un video y a ganar dineros.
pd: a mi me gusta mucho lo que hace, pero se excede del derecho a cita
#57 pues que vive del trabajo ajeno, de explicarlo concretamente.
Rosalia lo peta, él lo analiza y sube un video y a ganar dineros.
pd: a mi me gusta mucho lo que hace, pero se excede del derecho a cita
#60 entonces... si nadie habla así y sólo la gente que necesita hacer un discurso formal como un locutor o un politico lo hace, porque lo hacen? ni están dando las noticias, el tiempo o presentando un programa electoral. Si nadie habla así el hecho de que te esté vendiendo su video resulta más flagrante, de hecho, por qué necesita nadie venderte un video de youtube? quiero decir, eres tú el que ha ido buscando ese tema, eres tú el que tiene el algoritmo "velando" por ti...
No es necesario que nadie entone como ni tú ni yo haríamos en nuestro día a día para hacer ese contenido exactamente igual. Esas pausas, hacer esos remarques, elevar el tono un poquito para luego bajarlo cual mic drop cuando dicen algo que es conclusivo.
Dónde está la necesidad de crear esos cambios expresivos que nadie usa? pensandolo bien, puede que yo los use, mi lenguaje suele ser algo recargado y mis expresiones también, mi forma particular de hablar tiene su justificación en mi enfermedad, es casi inevitable.
Pero de nuevo, aún me resulta más raro escuchar esas ondulaciones del tono cuando como has dicho nadie las usa en su día a día y se usan para cosas concretas que requieren "otra cosa".
A mi me parece que le da una perdida de naturalidad tremenda. Además que Jaime tiene muchos dejes como los de su primo Dayo, son exagerados, no es ya el "tono youtuber" es incluso un poco más. Nadie habla así no?
Le resta naturalidad, le da una entonación artificial, les hace parecerse unos a otros demasiado. El articulo hace referencia al inglés, pero obviamente estamos viendo que esto pasa en castellano, no será de la misma manera, pero pasar pasa.
Eso de que hay que adaptar tu discurso, será relativo, digo yo que habrá y los hay youtubers que no hablan así, que hablan tal y como hablan día a día y no les pasa nada, pero si se supone que lo que no es normal es lo normal pues ok.
#61 Pues como casi todo youtube, quien sube gameplays se nutre de la industria del videojuego, quien sube cocinas relacionadas con 'algo' se nutre de ese 'algo'. Quien sube un tipo de contenido que no se nutra de nada? Si tienes que hablar de algo que no seas tu, y bueno... ya veríamos.
#63 si subes gameplays eres tú jugando a un juego, no eres tú comentando el trabajo ajeno.
Yo lo veo distinto. Pero puede que tengas razón.
#61 Pero es que siguiendo este precepto tampoco existirían críticos de cine, por ejemplo, que la peli la han hecho otros, ellos sólo se sientan y la comentan. Lo mismo para analistas de videojuegos, que el currazo de haber hecho el videojuego es de otros, ellos sólo lo juegan y hablan sobre él, viven del trabajo ajeno... También los periódicos deportivos viven del trabajo ajeno, que quienes se curran los partidos son los deportistas y sus entrenadores y demás equipos, los periodistas deportivos sólo comentan los eventos deportivos y ya, pero quienes curran son los deportistas y sus equipos, también viven del trabajo ajeno... Y así podríamos poner un largo etcétera, y no me parece justo.
#62Singed:Dónde está la necesidad de crear esos cambios expresivos que nadie usa?
Mantener tu atención, básicamente. Sus vídeos son relativamente largos, así que necesita ir cambiando de planos, cambiando de tono de voz, intercalando imágenes de otros sitios... Para que tú al minuto 5 no te hayas aburrido y te pires. Si los vídeos de Jaime Altozano fueran él durante 20 o 30 minutos con el mismo plano hablándole a la cámara en el mismo tono sin intercalar de por medio imágenes de ningún tipo ni ponerse él a tocar el piano o algo así, si fueran sólo 30 minutos de un plano fijo de un tío hablando todo el rato con un tono monótono, no aguantaríamos los 20 o 30 minutos que duran sus vídeos ni de coña, por mucho que nos interesara el tema.
#62Singed:Nadie habla así no?
Es que nadie tiene que hablar así, porque normalmente en nuestro día a día no estamos haciendo un vídeo para YouTube o dando un discurso delante de mucha gente o saliendo por la tele. Seguro que Jaime Altozano cuando está en su casa de normal y simplemente le dice a su novia: "Oye, Ter, que bajo un momento al súper que me he dado cuenta de que se nos ha acabado el detergente" lo hará en un tono normal, en el mismo que lo haríamos tú o yo, no lo hará en el mismo tono con el que hace los vídeos de YouTube.
#62Singed:Le resta naturalidad
Pero es que él no pretende ser natural. Él pretende darte un mensaje de la mejor forma posible y que te llegue su discurso lo más nítido posible y que lo comprendas lo mejor posible; hace divulgación, no hace vlogs contándote qué hace durante el día. Si tiene que hacer más artificioso su forma de hablar para ello pues así lo hará, porque prima lo otro.
#62Singed:digo yo que habrá y los hay youtubers que no hablan así, que hablan tal y como hablan día a día y no les pasa nada
Claro que los hay, pero también habría que ver a qué se dedican esos youtubers, que no es lo mismo uno que hace streamings o daily vlogs que es normal que tengan un tono más natural (aunque muchos lo fuerzan también) que uno que hace divulgación como el Altozano.
#66Gallifrey:Pero es que siguiendo este precepto tampoco existirían críticos de cine, por ejemplo, que la peli la han hecho otros, ellos sólo se sientan y la comentan
Pero no cogen la película y la reproducen en su práctica totalidad para comentartela. Jaime Altozano si que hace eso. Podría decir que está citando, pero es que el derecho de cita no te permite citar la mayoría de una obra, entonces estás hablando de una obra comentada (en poesía se da mucho, y en fotografía) y para eso necesitas permiso del autor.
#66Gallifrey:También los periódicos deportivos viven del trabajo ajeno, que quienes se curran los partidos son los deportistas y sus entrenadores y demás equipos,
Con la diferencia de que los partidos de fútbol no son obras de arte y que los futbolistas y clubes ya reciben sus ingresos (por las tvs, radios etc), tu simplemente comentas lo que has visto o tus impresiones, pero ningun periodista se pone a poner videos del partido sin permiso de mediaset o quien tenga los derechos ahora (y sigue sin ser lo mismo xq no es una obra de arte).
#67Soy_ZdRaVo:Pero no cogen la película y la reproducen en su práctica totalidad para comentartela.
Dependerá del crítico, ¿has visto vídeos de por ejemplo el Nostalgia Critic, uno de los críticos más antiguos de YouTube y de Internet en general (al menos en formato vídeo) y que ahí sigue? Pues durante toda su vida su sistema ha sido el de comentarte la película de principio a fin, intercalando entre medias imágenes suyas de él comentando la peli, haciendo algún chiste o critcando o alabando algún punto, pero sólo por las escenas ya te puedes hacer una idea de la peli.
#67Soy_ZdRaVo:Jaime Altozano si que hace eso. Podría decir que está citando, pero es que el derecho de cita no te permite citar la mayoría de una obra, entonces estás hablando de una obra comentada (en poesía se da mucho, y en fotografía) y para eso necesitas permiso del autor.
Me he visto la mayoría de sus vídeos en los que analiza/critica material de otros y ni de coña cita la mayoría de una obra, de las pelis que analiza no pone más del 15% de éstas como mucho, y siempre en períodos muy cortos. Además, de que no rompe ninguna cláusula de copyright, que sino ya se los habrían tumbado.
#67Soy_ZdRaVo:Con la diferencia de que los partidos de fútbol no son obras de arte y que los futbolistas y clubes ya reciben sus ingresos (por las tvs, radios etc), tu simplemente comentas lo que has visto o tus impresiones, pero ningun periodista se pone a poner videos del partido sin permiso de mediaset o quien tenga los derechos ahora (y sigue sin ser lo mismo xq no es una obra de arte).
¿Qué más da que sea arte o no? Sigue siendo escribir/hablar sobre un trabajo que hacen otros.
#67Soy_ZdRaVo:Jaime Altozano si que hace eso.
Sus problemas ha tenido con YT respecto al asunto y le han devuelto los vídeos alegando motivos educativos o algo así. Desconozco la política de YT para bloquear/eliminar o qué consideran plagio o uso indebido de material sujeto a copyright.
#68Gallifrey:Me he visto la mayoría de sus vídeos en los que analiza/critica material de otros y ni de coña cita la mayoría de una obra, de las pelis que analiza no pone más del 15% de éstas como mucho, y siempre en períodos muy cortos. Además, de que no rompe ninguna cláusula de copyright, que sino ya se los habrían tumbado.
Claro que incumple la Ley de Propiedad Intelectual por eso está tan en contra del art. 13
Y no, no conozco a otros críticos de youtube, pero es que esto es un problema de youtube, la gente se ha acostumbrado a coger obras ajenas y utilizarlas de gratis porque se puede.
En el video de Rosalia excede y mucho el derecho de cita y en los de ESDLA también, ya que no es necesario mucho del metraje que utiliza para explicar lo que está explicando, y eso es aprovecharse del trabajo ajeno.
#68Gallifrey:¿Qué más da que sea arte o no? Sigue siendo escribir/hablar sobre un trabajo que hacen otros.
Pues porque es un derecho de los autores el que no se puedan utilizar sus obras sin su consentimiento. Si no menudo cachondeo, haces una canción y todos a utilizarla de fondo de sus videos porque mola y tu a comerte los mocos.
#69 Si, se acoge a que hace divulgación. Pero es que los tontos de Youtube no se han leído la LPI. Cuando habla de divulgación y educación solo lo hace hablando de educación reglada.
Si no todos los manuales de todo o todos los libros de todo podrían usar obras ajenas de free xd
Pero Jaime Altozano dijo en un video no se si recientemente o era uno de esos videos de recomendados que te pone youtube y que miras mientras sueltas el zurulo, que el pedía autorización a todos antes de hacer o publicar nada.
#71 Imposible, Warner no da permiso a usar imagenes del ESDLA sin pagarle lo que cobran por el derecho de emisión.
Lo sé porque conozco a un chico que vende el catálogo de Warner a TVs y lo hemos hablado.
#70Soy_ZdRaVo:Claro que incumple la Ley de Propiedad Intelectual por eso está tan en contra del art. 13
¿Pero tienes alguna idea de qué dice ese artículo? De ese artículo está en contra todo el mundo, incluso el propio YouTube, y tú también trendrías que estarlo, porque va mucho más allá de no poder subir cachos de pelis.
#70Soy_ZdRaVo:Y no, no conozco a otros críticos de youtube
Sin querer faltar, pero se nota, si los conocieras lo que hace Altozano te parecería una broma. Pero esos críticos seguirían sin hacer nada ilegal.
#70Soy_ZdRaVo:pero es que esto es un problema de youtube, la gente se ha acostumbrado a coger obras ajenas y utilizarlas de gratis porque se puede.
Es que sí, es eso, se puede, es legal, y no veo dónde está el problema. A Altozano han sido las propias productoras de las pelis que analiza las que le han dado el visto bueno, y tanto que hablas de Rosalía ella misma salió comentando el vídeo de Altozano, dejando claro para empezar que le había encantado y que no tenía ninguna pega con su vídeo, más bien lo contrario, y esto como digo no fue su discográfica o su productora, fue la propia Rosalía:
Y a mí me perdonarás, pero si salen las propias productoras y, sobre todo en este caso, la propia Rosalía diciendo que encantada con el vídeo de Jaime y que no ve nada malo en ello no creo que ni tú ni yo ni nadie seamos quienes para decir lo contrario.
#70Soy_ZdRaVo:En el video de Rosalia excede y mucho el derecho de cita y en los de ESDLA también, ya que no es necesario mucho del metraje que utiliza para explicar lo que está explicando, y eso es aprovecharse del trabajo ajeno.
Pero ésta es sólo tu opinión subjetiva, a nivel objetivo están las leyes y Jaime Altozano en ningún momento las ha sobrepasado.
#70Soy_ZdRaVo:Pues porque es un derecho de los autores el que no se puedan utilizar sus obras sin su consentimiento. Si no menudo cachondeo, haces una canción y todos a utilizarla de fondo de sus videos porque mola y tu a comerte los mocos.
Si a esto no te digo que no, pero tú hacías referencia a coger el material de otro y comentarlo y lucrarte con eso, y también serviría para lo del deporte entonces.
Y por cierto, si ya tan mala opinión tienes de Jaime Altozano por pillar cachos aleatorios de las pelis de ESDLA o del disco de Rosalía aunque lo haga para complementar los análisis musicales que él mismo se curra la gente de YouTube que vive sólo de subir gameplays del juego entero que no lo analizan ni nada, que simplemente son ellos jugando al juego y que lo suben entero, te deben de parecer poco menos que terroristas.
#73Gallifrey:¿Pero tienes alguna idea de qué dice ese artículo? De ese artículo está en contra todo el mundo, incluso el propio YouTube, y tú también trendrías que estarlo, porque va mucho más allá de no poder subir cachos de pelis.
Soy abogado de PI. Y no estoy ni en contra ni a favor, más que nada porque nadie sabe en qué se va a transformar. Pero desde luego que la utilización ilegitima de obras protegidas es un problema real en 2018
#73Gallifrey:Pero esos críticos seguirían sin hacer nada ilegal.
explícame por qué es legal utilizar la propiedad intelectual ajena sin permiso del titular excediendose de la excepción legal (derecho de cita)
#73Gallifrey:Es que sí, es eso, se puede, es legal, y no veo dónde está el problema
Dime por qué es legal.
#73Gallifrey:y tanto que hablas de Rosalía ella misma salió comentando el vídeo de Altozano, dejando claro para empezar que le había encantado y que no tenía ninguna pega con su vídeo, más bien lo contrario, y esto como digo no fue su discográfica o su productora, fue la propia Rosalía:
No tiene absolutamente nada que ver que a Rosalía le guste o deje de gustar, es un ejemplo que pongo porque lo tengo en mente y me di cuenta mientras lo veía. Se estaba excediendo y de yo ser su abogado le hubiera dicho que quitase los excesos innecesarios
#73Gallifrey:Pero ésta es sólo tu opinión subjetiva, a nivel objetivo están las leyes y Jaime Altozano en ningún momento las ha sobrepasado.
Te repito, no es verdad. Veamos qué dicen las leyes:
#73Gallifrey:Y por cierto, si ya tan mala opinión tienes de Jaime Altozano por pillar cachos aleatorios de las pelis de ESDLA o del disco de Rosalía aunque lo haga para complementar los análisis musicales que él mismo se curra la gente de YouTube que vive sólo de subir gameplays del juego entero que no lo analizan ni nada, que simplemente son ellos jugando al juego y que lo suben entero, te deben de parecer poco menos que terroristas
No tengo mala opinión de Altozano, me gustan sus videos. Pero como entiendo la Ley de Propiedad Intelectual pues al verlos me doy cuenta de sus excesos xd.
Y no tiene nada que ver con quien hace gameplays, quien hace gameplays paga una licencia de uso de software y los autores ya con eso han recibido su compensación. No utiliza su código para lucrarse, simplemente se graba jugando, cosa que puedes hacer. Igual que te puedes grabar leyendo un libro, solo que no es tan divertido de ver.
#74 Me permitirás que no me lea todo ese rollazo porque a mí las leyes y demás me interesan más bien poco, pero es legal por el mero hecho de que YouTube es legal en España y los vídeos de Altozano son legales según la normativa de YouTube, porque todos han sido revisados y no han tumbado ninguno, y si le han tumbado alguno se lo han vuelto a subir, no creo que haga falta más. Si tú crees que no es así eres libre de coger y denunciar su canal al propio YouTube o a un juzgado mismo, donde te plazca, pero será perder el tiempo.
Si quieres más información puedes mirarte este vídeo del propio Altozano:
#75Gallifrey:Me permitirás que no me lea todo ese rollazo porque a mí las leyes y demás me interesan más bien poco, pero es legal por el mero hecho de que YouTube es legal en España y los vídeos de Altozano son legales según la normativa de YouTube
Wat. Eres tú el que me ha nombrado las leyes, ahora cuando no te dan la razón no te interesan. Y no, youtube no cumple las leyes españolas de PI. Por eso la UE está creando un reglamento de armonización, para que las cumpla.
#75Gallifrey:Si tú crees que no es así eres libre de coger y denunciar su canal al propio YouTube o a un juzgado mismo, donde te plazca, pero será perder el tiempo.
Ya se que no has leido ni 2 artículos, porque tú sabes más que la ley, pero lo pone bien claro. Solo el autor es quién puede exigir que su obra no se utilice ilegítimamente, yo no puedo denunciar nada.
Pd: gracias por darme información con un video de youtube, voy a quemar mi master en propiedad intelectual y ponerme una captura aquí en el despacho.
#76Soy_ZdRaVo:Wat.
Pues eso. He editado poniéndote un vídeo por si quieres entenderlo mejor.
#76Soy_ZdRaVo:Ya se que no has leido ni 2 artículos, porque tú sabes más que la ley, pero lo pone bien claro. Solo el autor es quién puede exigir que su obra no se utilice ilegítimamente, yo no puedo denunciar nada.
Como ya te he dicho los propios autores dan el visto bueno a Altozano.
#77Gallifrey:Como ya te he dicho los propios autores dan el visto bueno a Altozano.
Falso. Warner Bros no autoriza la utilización de sus obras sin pasar por caja.
Es más, todo este rollito del artículo 13, del que tú por supuesto sabes más que yo, lo único que cambia en la práctica es la aplicación de la famosa LSI (Ley de Sociedad de la Información) no la Ley de Propiedad Intelectual.
La LSI lo que dice es que un prestador de servicios en internet no tiene obligación de comprobar que el contenido de su web es legal y que SOLO es responsable una vez el titular del derecho que infringe le hace saber que es ilegal. Es decir, Youtube solamente tiene la obligación de retirar un video que infringe los derechos de autor si el titular del derecho se pone en contacto y les dice oye, que esta canción es mía.
Ahora con el artículo 13 se invierte. Los prestadores de servicio tienen que analizar si un contenido es lícito o no antes de subirlo y si lo suben y resulta ser ilícito... tendrán que indemnizar al titular (y no el cachondeo actual, que ves que suben y resuben obras de clientes tuyos y Youtube suda hasta que no le mandas 30 notificaciones).
pd: y por cierto, al menos en España en 2018 una Ley está por encima de unos ToS de una web. Faltaría más.
#79 el Fair Use es de la copyright act americana, en España, aún, no se aplica la legislación americana.
Pero @gallifrey está convencido de que Google puede aplicarnos la legislación americana porque sus ToS así lo dicen.
Una vez entiendes esto, entiendes por que la UE les está haciendo un reglamento (para que dejen de inaplicar sistemáticamente las leyes europeas) y por que Google y todos los youtubers están haciendo campaña anti art. 13.
Elegir que ley se te aplica mola, pero es bastante injusto. Sobre todo con quien no puede elegir aplicarse a si mismo la ley de California
#80Soy_ZdRaVo:entiendes por que la UE les está haciendo un reglamento (para que dejen de inaplicar sistemáticamente las leyes europeas)
La ley 13 no es para eso. Se supone que eres abogado y experto en leyes, demuéstralo.
#81Gallifrey:No es elegir la ley que a mí me moles, es acatar las normas que te da la plataforma.
Y estarás conmigo en que la plataforma tiene que cumplir con la legislación española y europea, o si en sus condiciones de uso dice que no... entonces no se le aplican?
Reflexiona un poco sobre la tontería que estás proponiendo. Según tu teoría Mediavida podría derogar cualquier Ley de España simplemente poniendo en sus términos de uso, por ejemplo que si te llamas Gallifrey le debes al dueño 200.000€ y tu primogénito cuando lo tengas.
Como cumple las condiciones de la plataforma... te toca joderte.
#82 No es ni siquiera la ley 13, es el artículo 13 del nuevo Reglamento de Copyright que intenta redactar la UE.
Y mira, hasta en xataka te lo explican para que lo entiendas y dice hablan de como lo que cambia es que antes solo debían actuar ante la denuncia de un titular y ahora tienen que comprobar que el contenido no es ilegal:
#82 Y te demuestro copiando el famoso artículo 13 que lo que digo es verdad.
Artículo 13
Uso de contenidos protegidos por parte de proveedores de servicios de la sociedad de la información que almacenen y faciliten acceso a grandes cantidades de obras y otras prestaciones cargadas por sus usuarios
1.Los proveedores de servicios de la sociedad de la información que almacenen y faciliten acceso público a grandes cantidades de obras u otras prestaciones cargadas por sus usuarios adoptarán, en cooperación con los titulares de derechos, las medidas pertinentes para asegurar el correcto funcionamiento de los acuerdos celebrados con los titulares de derechos para el uso de sus obras u otras prestaciones o para impedir que estén disponibles en sus servicios obras u otras prestaciones identificadas por los titulares de los derechos en cooperación con los proveedores de servicios. Esas medidas, como el uso de técnicas efectivas de reconocimiento de contenidos, serán adecuadas y proporcionadas. Los proveedores de servicios proporcionarán a los titulares de derechos información adecuada sobre el funcionamiento y el despliegue de las medidas, así como, en su caso, información adecuada sobre el reconocimiento y uso de las obras y otras prestaciones.
2.Los Estados miembros velarán por que los proveedores de servicios contemplados en el apartado 1 implanten mecanismos de reclamación y recurso a los que puedan acceder los usuarios en caso de litigio sobre la aplicación de las medidas a que se refiere el apartado 1.
3.Los Estados miembros facilitarán, cuando proceda, la cooperación entre los proveedores de servicios de la sociedad de la información y los titulares de derechos a través de diálogos entre las partes interesadas para determinar las mejores prácticas como, por ejemplo, las técnicas de reconocimiento de contenidos adecuadas y proporcionadas, teniendo en cuenta, en particular, la naturaleza de los servicios, la disponibilidad de las tecnologías y su eficacia a la luz de la evolución tecnológica.
Fuente, web de la UE: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A52016PC0593
Vaya, si es que suena bastante a lo que yo decía. Que esto es una reforma de la LSI (Ley Sociedad de la Información)
que está aquí: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l34-2002.html
Y que dice:
Artículo 13. Responsabilidad de los prestadores de los servicios de la sociedad de la información.
1. Los prestadores de servicios de la sociedad de la información están sujetos a la responsabilidad civil, penal y administrativa establecida con carácter general en el ordenamiento jurídico, sin perjuicio de lo dispuesto en esta Ley.
Artículo 16. Responsabilidad de los prestadores de servicios de alojamiento o almacenamiento de datos.
a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es ilícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o
b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos.
Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.
#83Soy_ZdRaVo:Y estarás conmigo en que la plataforma tiene que cumplir con la legislación española y europea
Y tú estarás conmigo en que YouTube lleva 10 años o más viéndose en Europa y en España, si se hubiera saltado alguna ley ya se hubiera sabido, que YouTube no empezó ayer.
#83Soy_ZdRaVo:No es ni siquiera la ley 13, es el artículo 13 del nuevo Reglamento de Copyright que intenta redactar la UE.
Cierto, fallo mío, es artículo no ley.
#83Soy_ZdRaVo:Y mira, hasta en xataka te lo explican para que lo entiendas y dice hablan de como lo que cambia es que antes solo debían actuar ante la denuncia de un titular y ahora tienen que comprobar que el contenido no es ilegal:
Y ése es el motivo egoísta por el que YouTube se opone a ella (cosa que entiendo), por no quererse comer ellos ese marrón, porque saben que no podrán hacerlo, simplemente les tocará cerrar cientos de canales a punta pala y perder millones de euros, y por lo que los youtubers también defienden que no se aplique, para que no tengan que cerrar su canal...
Pero te olvidas también del hecho de que también nos afectará a la gente corriente... ¿Quieres poner el gif de alguna serie por este foro? Ban. ¿Quieres poner un cacho de peli que te mole por FB? Ban. ¿Quieres colgar en Twitter una canción que te mole desde YouTube? Ban. ¿Usas X meme? Ban. ¿Quieres poner este párrafo que te mola de la última novela que has leído por Twitter? Ban... Y un montón de cosas que hacemos hoy en día como si fuera lo más normal del mundo los que nos movemos por Internet y que dejaremos de poder hacer.
Por ejemplo:
Cuelgo esto en el subforo de música:
Pongo esto para responder a otro forero de forma divertida:
O pongo esta cita de ESDLA en el subforo Libros porque me gusta y hay un post de "Pon citas de novelas que te molen":
“Los Hobbits son criaturas sorprendentes, puedes aprender todas sus costumbres en un mes, y después de cien años, aún te sorprenden.”
Son cosas totalmente normales que hacemos todos al postear por foros, Twitter y demás, ¿no? Pues como se apruebe el artículo 13 ya habrían ahí tres motivos para multarme, o para que me expulsaran de MV definitivamente mínimo.
Como puedes ver no sólo perjudica a YouTube o a youtubers, nos perjudica a todos.
#85Gallifrey:¿Quieres poner el gif de alguna serie por este foro? Ban.
Lee los artículos que te he puesto, anda. Y deja de decir tonterías por favor. No se aplicará a mediavida ya que habla de prestadores de servicios enormes. Lee el dichoso artículo.
#85Gallifrey:¿Quieres colgar en Twitter una canción que te mole desde YouTube? Ban.
Mentira, ya que son las discográficas las que suben esas canciones a youtube y dan autorización.
#85Gallifrey:¿Quieres poner este párrafo que te mola de la última novela que has leído por Twitter? Ban...
Mentira, ya que existe el derecho de cita limitado a una cita pequeña de una obra, vease un parrafo. Y ya te lo he demostrado, solo que como tú no lees leyes porque no te gusta... pero hablas de ellas sin leerlas no te has enterado.
#85Gallifrey:Cuelgo esto en el subforo de música:
Y no pasa nada, porque es VEVO. Eso significa que es SONY quien lo ha subido y que SONY es la discografica de GNR y ya les paga para poder subir sus canciones y que tu las puedas usar y hacer embeded.
Vamos, que no te has enterado de absolutamente nada de lo que es la ley y encima andas dando lecciones.
#85Gallifrey:Son cosas totalmente normales que hacemos todos al postear por foros, Twitter y demás, ¿no? Pues como se apruebe el artículo 13 ya habrían ahí tres motivos para multarme, o para que me expulsaran de MV definitivamente mínimo.
Meeentira, lee el dichoso artículo y deja de mentir. Dice claramente que solamente se aplicará a... proveedores de servicios de la sociedad de la información que almacenen y faciliten acceso público a grandes cantidades de obras u otras prestaciones cargadas por sus usuarios
A NO SER QUE SEAS UN PUTO PROVEEDOR DE SERVIICOS DONDE ALMACENES GRANDES CANTIDADES DE OBRAS CARGADAS POR USUARIOS NO SE TE APLICA.
ES QUE NI LEERTE EL PUTO ARTÍCULO, EH.
#86 Del propio artículo que tanto mencionas:
Es decir, servicios como Facebook, Twitter o Google pero también Wikipedia o GitHub tendrán que adoptar medidas y usar técnicas de reconocimiento de contenidos para bloquearlos directamente.
Vamos, que lo que yo he dicho, que se acabó postear gifs o memes por Facebook o Twitter, ni poder subir absolutamente nada a YouTube a no ser que te pongas a hacer daily vlogs contando tu vida y procuras que no se vea el póster de Goku que tienes en tu habitación, ni el libro de Harry Potter que tienes en tu estantería ni que no pases por delante de la tele y estén puestos Los Simpsons.
Seguramente debido al coste de este tipo de monitorización, el requisito del artículo 13 solo se aplica a "grandes plataformas que alojen una cantidad significativa de contenido y que lo promuevan". Quedan por tanto fueras webs más pequeñas, aunque la línea entre un tipo y otra no está bien definida.
Igual que dice lo que tú has dicho de que sólo se aplica a grandes plataformas que alojen una gran cantidad de contenido también dice que esto no es así por ley, es así sólo porque se supone que será así debido al gran coste de monetizarlo todo. Pero vamos, que puede afectar a MV también si les rota por ahí, no hay nada que realmente lo impida.
Y de nuevo, todo sacado del artículo que tanto mencionas.
#88 Me retiro, de verdad.
Tu tienes razón, la ley está equivocada, todos los artículos están mal.
Y no, no menciono ese artículo de Xataka, menciono el artículo 13. Ese del que tú eres experto pero ni te has leido.