Puf, un mes ha tardado mi empresa. Me acaba de llegar hace un rato el documento a firmar. Pero no entiendo una cosa. Según se indica estoy incluido en el Erte. Pero me indican que no me afecta de manera inmediata.
"A continuación adjuntamos carta de comunicación de afectación por ERTE. En base a ello, su contrato queda afectado por el mismo, si bien, como se indica en el apartado III del documento, la afectación de su contrato de trabajo no tendrá efectos de manera inmediata. Por lo que deberá continuar trabajando tal y como venía haciéndolo hasta la fecha."
Y ese apartado indica: III.
"EFECTIVIDAD DE LA MEDIDA
Tras la finalización del preceptivo período de consultas la Empresa, de conformidad con lo previsto en el artículo 23 del RDL 8/2020, del artículo 47 del ET y el artículo 23 del RD 1483/2012, le comunica que atendiendo a sus concretas circunstancias la afectación de su contrato de trabajo no tendrá efectos de manera inmediata. No obstante lo anterior, se le comunicará de forma fehaciente tan pronto resulte necesaria su afectación."
Entonces no entiendo un carajo, ¿esto se puede hacer así?