Bueno, el escándalo de la entrada de la policia británica en la embajada de Ecuador para sacar a rastras a Assange ha durado unas 9horas y ya ha pinchado la noticia. Ahora está tras barrotes esperando a que un juez británico lo mande para Virginia y no se oye ni mú. Y eso que el siempre mediático Baltasar Garzón es abogado suyo.
¿Algún indepe sigue pensando que se armará la de Dios cuando le toque a Carlitros?
Está testificando ahora otro policia al que también le lanzaron piedras (gente de paz y tal) y cuando se quitó el casco es cuando le brotó la sangre, ya que el casco apretado le hacía de contención...
¿Está el Parlamento Europeo aclarando cómo debe de interpretarse el derecho español? ¿A quién ha solicitado Tajani el informe? Además creo que nadie se lo había pedido oficialmente
#10061 El Parlamento europeo le ha dado varias.
-No hacer de mediador entre Generalitat y el gobierno español cuando lo pidió en 2016 y 2017. Sabes que se esforzaron por conseguirlo.
-No dar apoyo al referéndum ni a la declaración de independencia. Más esfuerzos en vano con Diplocat echando humo negro.
-No permitir su conferencia en el Parlamento europeo en febrero de 2019.
-Y ahora aclarar que no tendrá inmunidad hasta que cumpla los requisitos para recoger el acta.
#10087 En negrita y subrayado xdddd.
Es una competi a ver quien hace la cosa mas absurda y no me he enterado o que?
#10087 jajajajajaja pero quien ha escrito eso?? Quien es ese tipo??
Para empezar, el derecho q dice invocar se reconoce a los acusados, no a los testigos.
Para seguir, en territorio común donde no existe lengua cooficial y, por supuesto, en el TS que está en Madrid, no existe el derecho de los acusados a hablar catalán cuando saben hablar castellano (que por otra parte, es un deber impuesto por la propia CE a todos los españoles).
Para terminar y rematar, el muy mongolo escribe la carta en español.
Cataluña debería empezar a invertir más en educación, porque vaya tela el nivelito...
#10090 Pero entonces quien quedaría de héroe? No les quites las esperanza de recibir todo ese apoyo twittero.
#10088 es súper normal poner las partes importantes de tus escritos en negrura y subrayado
De verdad. Dejad de criticar absolutamente todo porque no sabéis
Alguien más docto en la materia... si alguien va a declarar en un idioma que no sea oficial de la sala, no tiene que avisarlo con anterioridad para gestionar interprete?
Es decir yo llego allí y digo, hablo español pero me apetece declarar en gallego, y hago un fuck you asi proyectado a todos
#10094 Pues a eso voy... primero la sala tiene una lengua o varias lenguas oficiales, que se declara previamente. Si el testigo va a declarar en alguna lengua no reconocida como oficial de la sala tiene que hacerlo saber antes, no en el momento. Joder, si Marchena no entiende Catalan que hacemos? que lo interprete sobre la marcha? o que se comunique por senas con aquel Alemán?
Es llevarlo todo al extremo para el titular
#10094 No se, pero ragear por todo intentando humillar al enemigo cuando no sabes si es algo normal o no... pues no habla muy bien de ti.
#10092 Bueno, eso de que es "normal"... es una mala práctica. O negrita o subrayado, las dos cosas queda super cutre. Aún así, una chorrada sin importancia.
Eso sí, la redacción del escrito es de estudiante (malo) de derecho. Por no hablar de la argumentación jurídica, que no puede ser más vacía.
A mí me daría vergüenza mandar un escrito así al TS. Pero esa es mi opinión personal claro.
#10097 Yo no veo mal poner en negrita y subrayar las cosas que quieres que ni el letrado de la admin ni el magistrado pasen por alto de ninguna manera. Que puede que técnicamente sea una errata? Pues vale, pero tu objetivo es que entre los cientos de documentos que leen al día no cometan el error en tu escrito, así que está bien hecho.
Otra cosa es la argumentación, pero yo ahí no he entrado ni él tampoco.
Por citar el artículo del que habla la petición:
En todas las actuaciones judiciales, los Jueces, Magistrados, Fiscales, Secretarios y demás funcionarios de Juzgados y Tribunales usarán el castellano, lengua oficial del Estado.
Los Jueces, Magistrados, Fiscales, Secretarios y demás funcionarios de Juzgados y Tribunales podrán usar también la lengua oficial propia de la Comunidad Autónoma, si ninguna de las partes se opusiere, alegando desconocimiento de ella que pudiere producir indefensión.
Las partes, sus representantes y quienes les dirijan, así como los testigos y peritos, podrán utilizar la lengua que sea también oficial en la Comunidad Autónoma en cuyo territorio tengan lugar las actuaciones judiciales, tanto en manifestaciones orales como escritas.
Las actuaciones judiciales realizadas y los documentos presentados en el idioma oficial de una Comunidad Autónoma tendrán, sin necesidad de traducción al castellano, plena validez y eficacia. De oficio se procederá a su traducción cuando deban surtir efecto fuera de la jurisdicción de los órganos judiciales sitos en la Comunidad Autónoma, salvo si se trata de Comunidades Autónomas con lengua oficial propia coincidente. También se procederá a su traducción cuando así lo dispongan las leyes o a instancia de parte que alegue indefensión.
La habilitación como intérprete en las actuaciones orales o en lengua de signos se realizará de conformidad con lo dispuesto en la ley procesal aplicable.
Además que es gracioso, porque en otro de los artículos que cita:
- Las Partes se comprometen, por lo que se refiere a las circunscripciones de las autoridades judiciales en las que el número de personas que allí residan y hablen las lenguas regionales o minoritarias justifiquelas medidas específicas siguientes, según sea la situación de cada una de esas lenguas y a condición de que el Juez no considere que la utilización de las posibilidades ofrecidas por el presente párrafo constituye un obstáculo para la buena administración de la justicia:
a) en los procedimientos penales:
i) asegurar que los órganos jurisdiccionales, a solicitud de una de las Partes, lleven el procedimiento en las lenguas regionales o minoritarias; y/o
ii) garantizar al acusado el derecho de expresarse en su lengua regional o minoritaria; y/o
iii) asegurar que las demandas y las pruebas, escritas u orales, no se consideren desestimables por el solo motivo de estar redactadas en una lengua regional o minoritaria; y/o
iv) redactar en dichas lenguas regionales o minoritarias, previa solicitud, los documentos atinentes a un procedimiento judicial, recurriendo, si fuera necesario, a intérpretes y a traducciones sin gastos adicionales para los interesados
Y por poner algo más, de la Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia:
16.- El ciudadano tiene derecho a utilizar con la Administración de Justicia del territorio de su Comunidad la lengua oficial que escoja, y a ser atendido en los términos establecidos por la Ley Orgánica del Poder Judicial, y los Estatutos de Autonomía y sus normas de desarrollo.
En ningún momento habla de los testigos, solo de los acusados. Pero él se incluye porque le da la gana. Igual que se salta la parte del art. 231 LOPJ en la que habla que los testigos solo tendrán ese derecho en el ámbito de su CA si esa lengua es reconocida como oficial ahí.
#10093 No se muy bien como será en la práctica, pero la LECrim solo contempla nombrar interprete cuando se desconozca el castellano o idioma de la Comunidad Autónoma.
#10097 depende , usas negrita para destacar partes que consideras importantes en los textos . En cambio el subryado y negrita lo vas a usar para destacar y recalcar algo por encima de lo demas.
Es muy raro que encuentres algo subrayado solo. Ya que no causa el mismo impacto que la negrita.
El que quiere hablar en catalán en el TS es el coordinador de Mossos per la República.
Le han hecho noticia y todo El coordinador de Mossos per la República comunica al Supremo que declarará en catalán
Al parecer no lo ha escrito él, ha sido asesorado por la Plataforma per la Llengua y la ANC.
#10099 Sí, estoy de acuerdo contigo en que tiene su sentido, sobre todo en un escrito largo.
Sobre la argumentación jurídica, tú q sabes de derecho, mójate un poco hombre!
#10103 Visto así, desde luego. También se usa negrita y mayúscula si la frase no es muy larga. En definitiva, un asunto amsin mayor importancia
#10105 Me parece el típico texto que redactas porque un cliente se pone pesado pero sabes que no tienes razón. Dándole vueltas una y otra vez sin convicción a lo mismo y sin ser muy convincente.
#10101 Si entiendo entonces bien... sabiendo Castellano no se podía negar porque era en Madrid no?
#10106 Totalmente. Pero yo creo que pueden hacer mucho más para poner en "aprietos" al Tribunal, y o no saben o no quieren.
Si mandas el mismo escrito en castellano, lo haces con una traducción jurada y haciendo constar que tu nivel de castellano no es suficientemente bueno para contestar a las preguntas del interrogatorio. A lo mejor así puedes poner al tribunal en una tesitura en la que la chorrada puede llegar a colar (no).
Lo que no puedes hacer es mandar un escrito en perfecto castellano firmado por ti y pidiendo hablar en catalán por tus santos cojones morenos. Es que hay que ser falto.