Salir de empresa con paro, mejor despido?

Vandalus

Buenas, para resumir llevo teletrabajando 2 años y hoy me dicen que en breve me mandan a mas de una hora y media en tren para trabajar en persona.

Mañana en principio tendré reunion con el jefe, pero según he oído por ahí, manda gente asi para que se vayan ellos por su propio pie y no despedirlos. (cliente que nadie quiere y menos en persona).

Intentare hablar y que me despidan o pactar una salida amistosa aunque no tengo mucha idea de ello(nunca lo he necesitado), pero en caso de que vayan
a malas, estoy por ir un dia y no pegar palo al agua y que me despidan.

Según tengo entendido solo me quedaría sin paro si me voy por propia voluntad o dejo de ir al trabajo porque cuenta como dejarlo por propia voluntad.
Así que ahora con el calenton me planteo hasta el disciplinario (nada heavy xd).

Espero que alguien que sepa del tema me pueda ayudar, en mente tengo primero pactar salida o decirles que para eso que se busquen a otro y me larguen con paro y a malas lo ultimo lo del disciplinario.

saludos

edit: en el contrato no sale nada del teletrabajo

GaaRa90

primero, revisa contrato, si estas como teletrabajo no te puedes obligar, si es % teletrabajo, te pueden fastidiar y obligarte a ir el % restante.

Depnde de la empresa al final lo que vas a pedir es ilegal, siendo una empresa "tecnologica" o parte del proceso, dudo mucho que acepten y mas si es relativamente grande. Si no das palo al agua, bajo rendimiento y tambien te puede tirar.

En definitiva, en caso de que en contrato no especifique teletrabajo, te toca ir, lo unico es, hacerte la baja, depresion o mierdas asi, tras un par de semanas del nuevo curro.

pd: a joderte e ir a currar, conclusion ves buscando nuevo curro, no me parece bien, ya que nos quejamos de los empresarios pero despues nosotros hacemos lo mismo, no me gusta por X motivos mi nuevo puesto o como lo quieras ver, que hacer para obtener mi objetivo.

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Vandalus

#2
Se que a mas malas podria ir al medico cada dia, pero siempre intento ir de buenas y luego pues lo que pueda,

y si por bajo rendimiento no hay problema para el paro.... menos que un huevo

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Aura-

Busca despido disciplinario, haz acto de presencia pero no hagas absolutamente nada o directamente haz alguna cagadita no muy importante

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Vandalus

#4 justo lo que pensaba a malas, pero eso para otra empresa quedaría grabado o algo asi?

Tintintopete

En mi empresa estamos igual, vuelta a la oficina por sus santos cojones y sin razones reales mas allá de joder y que sea una suerte de soft ERE en el que salgamos nosotros por nuestro propio pie sin costarles un duro.
No se si es porque mi empresa es un desastre organizativo, pero me consta de algunos compañeros que han hecho la de dejar de ir a trabajar sin avisar, simplemente dejar de ir. Despido disciplinario con paro todos. Pero por lo que he leido por internet, no es garantía de que eso sea asi siempre.

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Vandalus

#6 Lo bueno es que es a mi, me cambian de cliente solo a mi (en principio no se de nadie mas), al peor sitio según me comentan compañeros.

Y busque a uno que estuvo allí y exacto, ya no estaba en la empresa.

B2MM

#3 Pero porque todo el rato el paro, la idea debe ser seguir trabajando.

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laZAr0

Contratos a parte, según el Estatuto de los Trabajadores, estás en tu derecho a negarte al cambio de centro de trabajo. En ese caso, la empresa tendría que despedirte. Lo que no tengo claro es si sería con o sin indemnización, pero en cualquier caso sí que tendrías derecho a cobrar la prestación contributiva por desempleo.

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Hipnos

Nota importante: no es lo mismo no ir al trabajo (abandono del puesto), que llegar tarde (o muy tarde) al trabajo.

De todas maneras si lo que quieres es trolear, irte de la empresa y cobrar indemización + paro, tienes dos formas bastante interesantes:

  1. Extinción Voluntaria Indemnizada. Esto no es una dimisión, es una extinción voluntaria debido a que han cambiado las circunstancias del trabajo. En tu caso se sustenta porque hay una modificación sustancial de tus condiciones laborales que implica cambio de domicilio. Más información: https://laboro-spain.blogspot.com/2015/06/cobrar-paro-baja-voluntaria.html

  2. Excedencia voluntaria autoconcedida. Anuncias que vas a cogerte una excedencia el día X, y a partir de ese día dejas de ir. No esperas a que la empresa te conteste o te la conceda. Si te despiden, la empresa se mete en un marrón y normalmente es un despido improcedente. En el peor de los casos, te conceden la excedencia y se "guarda" el paro para más adelante. Más info: https://laboro-spain.blogspot.com/2015/09/denegacion-excedencia.html

Échale un ojo a los enlaces y revisa posibilidades.

8 2 respuestas
GaaRa90

#9 si el cambio del centro es dentro de los 100km, creo que no puedes hacer na.

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laZAr0

#11 creo que es suficiente con que se trate de una ciudad diferente para que se considera movilidad geográfica, en ese caso tú puedes alegar que el cambio de lugar de trabajo te exije un cambio de residencia, y la empresa estaría obligada a justificar el cambio por razones económicas, organizativas, etc., y después si te niegas te tienen que firmar un despido y diría que con indemnización. Si tiene que desplazarse una hora y media en tren, puede que éste sea el caso.

Vandalus

#8 será porque uno no encuentra trabajo de la noche a la mañana y tienes que seguir pagando cosas mientras buscas otro trabajo???

#10 lo mirare con lupa gracias.

Y también gracias a los demas ;)

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B2MM

#13 que sepamos no te han despedido, el planteamiento de dejar de trabajar para buscar otro trabajo es cosa tuya.

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Mikess

Modificación sustancial, pides 20 días 9 meses de indemnización por cambio de centro de trabajo por la cara.

La rescisión es unilateral si no aceptas la modificación y es indemnizada.

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Vandalus

#14 Si te parece, no hago nada, ni busco ninguna solución y voy a disgusto al trabajo perdiendo casi 4h al dia de trayecto, si claro.

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P4N4D3R4

Ve a la reunión mañana y dile al jefe que no sabes ni lo vas a poder llevar bien, que te va a dar ansiedad social y lo vas a intentar pero no te ves capaz.

Que a unas malas pillaras la baja si te da demasiada ansiedad.

darkf1re

#1 Art. 41.3 del Estatuto de los trabajadores.

"3. La decisión de modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter individual deberá ser notificada por el empresario al trabajador afectado y a sus representantes legales con una antelación mínima de quince días a la fecha de su efectividad.

En los supuestos previstos en las letras a), b), c), d) y f) del apartado 1, si el trabajador resultase perjudicado por la modificación sustancial tendrá derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de veinte días de salario por año de servicio prorrateándose por meses los periodos inferiores a un año y con un máximo de nueve meses.

Sin perjuicio de la ejecutividad de la modificación en el plazo de efectividad anteriormente citado, el trabajador que, no habiendo optado por la rescisión de su contrato, se muestre disconforme con la decisión empresarial podrá impugnarla ante la jurisdicción social. La sentencia declarará la modificación justificada o injustificada y, en este último caso, reconocerá el derecho del trabajador a ser repuesto en sus anteriores condiciones.

Cuando con objeto de eludir las previsiones contenidas en el apartado siguiente, la empresa realice modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo en periodos sucesivos de noventa días en número inferior a los umbrales que establece el apartado 2 para las modificaciones colectivas, sin que concurran causas nuevas que justifiquen tal actuación, dichas nuevas modificaciones se considerarán efectuadas en fraude de ley y serán declaradas nulas y sin efecto."

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430

1 3 respuestas
Zaryei

Ve a un abogado especializado en el tema. Puede tratarse de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo que implique autodespido con indemnización y paro. No seas tonto y empieces porque sí porque los plazos son muy cortos. Estás fichando en casa y se asume que si llevas mucho tiempo teletrabajando hay un acuerdo verbal porque en laboral suele primar lo que se está haciendo y no lo que especifica el contrato.

Si te tienes que reunir con tu jefe graba la conversación, es legal, estás participando, y antes de llegar a un acuerdo que implique sólo paro busca la indemnización que te corresponde.

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Seyriuu

Si no te importa perder la indemnización, dile que sí, que okay, y cuando llegue el día no te presentes.
Ay, estuve malo, perdón.
Al día siguiente tampoco: "Mira, es que tuve problemas con los niños en casa y se me hizo tarde y ya me conecté desde el ordenador".
Sigue así y en 3 días (a lo mejor un poco más) te harán un despido disciplinario, te pagarán el finiquito (que no la indemnización) y tendrás derecho a paro, cosa que si te vas por tu pie, no tendrás.

Por supuesto esto te abrirá la oportunidad de denunciarles si quieres buscarte un abogado y alegar que el teletrabajo durante años y tal y cual y a lo mejor hasta consigues que te acepten el improcedente y te paguen la indemnización por no ir a juicio, pero no cuentes con ello.

Ahora bien, si quieres que te despidan y te paguen indemnización lo que tienes que hacer es cada cosa que mínimamente se salga de tu contrato, quejarte vocalmente, hacer comentarios como "no me pidáis hacer cosas ilegales" y por supuesto quejarte a rrhh, que el otro día el cliente te pidió que te quedases más allá de tu jornada laboral, cosa que no tienes por qué hacer, y que encima no te pagan las horas extras.

Si te haces porculero en algún momento te despedirán y te pagarán lo que te deben, ya no por no aguantarte, si no porque un trabajador vindicativo que no es "castigado" alenta a los demás a serlo también y eso para las empresas es un peligro.

alfema

Como dice #10 puedes decirle a la empresa que no quieres el trabajo presencial, alegando Artículo 41. Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, solicitando la extinción del contrato, la empresa puede aceptar y mantenerte tal como estás ahora, decirte que no, tendrías que ir y denunciar o bien acepta el despido, tendrías prestación e indemnización básica.

Algún antiguo compañero de trabajo se fue de esta manera, otros querían irse pero como no podían alegar el A. 41, dejaron de acudir al trabajo de forma intermitente, recalco lo de intermitente porque sino sería abandono del puesto de trabajo, es como si te fueras por propia voluntad, otras opciones, dependiendo del convenio sería acumular faltas leves o medias o bien ir directo a una falta grave, aquí ojo, porque la empresa te puede putear y en vez de despedir te puede suspender de empleo y suelto en función de lo que hagas.

¡Vaya!, veo que #18 se me adelantó.

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SerginhoX

El tema de teletrabajo viene establecido en el contrato (ya has dicho que no viene) o en el propio convenio colectivo que fija unos mínimos de días a los que se ha de acudir presencialmente a la oficina.

Ante eso tipo de cosas lo mejor es acudir a un abogado laboralista y que te aconseje sobre cuáles tienen que ser los días que se han de respetar para trabajar desde casa y la distancia con el domicilio.

Pero que un profesional os guíe mejor y no la primera lectura de un artículo del ET.

benjaZUx

Es increíble el desconocimiento que tiene la gente de sus derechos...

En el hilo hay dos personas diciéndote que hay un cambio sustancial de las condiciones de trabajo. Que ojo, que en tu contrato diga que trabajas en X sitio, pero tu desde que entraste a esa Empresa estás en teletrabajo, eso quiere decir que aunque te lo digan con el tiempo necesario, tu puedes negarte y por tanto recibir tu indeminzación y paro.

Por otro lado hay un montón de gente diciendo que dejes de ir, trabajes mal o no hagas nada pa que te echen. de verdad es que con la de gente que hay sentando catedra en este foro normalmente, se me hace muy raro que no tengáis ni idea de lo que hay que hacer en este tipo de caso.

En definitiva. Cambio sustancial de las condiciones de trabajo. Demostrable debido a tu formato de teletrabajo.

Lee bien lo que te ha puesto #18

Animo.

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Droudon

Si fuese tu me pillaba una baja por depresión y a vivir la vida. La ventaja de ese tipo de baja es que incluso puedes pedirle al médico de viajar porque eso va bien para la salud mental del paciente. En uno o dos meses tienes la documentación del despido en tu casa.

Entre tanto aprovecha la baja para ir buscándote otro curro.

#23 lo que comentas está muy bien, pero tiene un gran contra, todo el procedimiento legal que hay de por medio. Si la empresa es porculera estos pueden joderte con meses o incluso años de juicios, abogados y otras historias. No compensa en lo absoluto (lo se por experiencia propia). Sale más a cuenta pillarse la baja y esperar a que te despidan o aprovechar el tiempo para buscar otro empleo entre tanto.

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Cna

España es un país donde la ley se contradice en muchos aspectos y apartados. Es normal que la gente pida ayuda. Estos hilos son como la jurisprudencia de los necios en materia laboral. La gente no busca que les soluciones el problema, buscan el testimonio de personas que hayan pasado por algo similar y cuenten la experiencia que han tenido para ver si se puede tirar por ahí o saber de antemano cómo se comportaría la justicia en caso de.
El empresario tiene las cosas más fáciles en estos asuntos porque adopta un rol totalmente activo desde el principio (es el que marca el cambio) mientras que el empleado es el que tiene que reaccionar y no sabe cuales son los pormenores del asunto.
Lo que se comenta de actuar en reacción negándote al cambio de las condiciones laborales y exigiendo el despido improcedente es legítimo, pero si el jefe suda de ti y no acepta esto, no te queda más remedio que ir a juicio contra la empresa y eso no es plato de buen gusto para nadie. En cambio si tu objetivo es sacar el paro sin calentarte la cabeza mucho, lo de forzar el despido disciplinario es mucho más sencillo y menos arriesgado.

Mi consejo como trabajador que ha pasado por una situación similar es que hables seriamente con tu jefe, le hagas saber que conoces tus derechos con respecto al cambio sustancial de las condiciones laborales, que no estás conforme y que quieres el despido unilateral. Si no atienden a esto no te líes con amenazas ni burofaxes, ve a trabajar y no hagas absolutamente nada. Y si puedes llegar tarde 1 o 2 horas, mejor. En 2 días estás fuera con el paro que es tu objetivo.

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gogogo

Si te falla lo de #18 otra opción muy buena es enviarle fotopolla a tu jefe

1 respuesta
Droudon

#25 lo que comentas es totalmente cierto. Pero no olvides que con una baja el seguiria "oficialmente" trabajando y cotizando mientras que con lo otro se gasta el paro. Sale más a cuenta desangrar lo que se pueda a la empresa e ir buscando otro empleo mientras estás de baja. Si te pillas una baja por depresión tienes una maniobravilidad que otros tipos de baja no te dan.

Lo peor que puede pasar es que te manden el despido por correo ordinario (la única forma en la que la empresa está legalmente autorizada a ponerse en contacto contigo). Los dias que te tienen que dar de margen de aviso más las vacaciones te lo tienen que pagar y estos no empiezan a contabilizar hasta el momento en que se notifica que a ti te llegó el correo.

Finalmente, recordar que estando de baja no es ilegal hacer entrevistas ni buscar otro empleo. Detalle importante para evitar que mucha gente se retracte pensando que hay consecuencias legales por eso.

Cito un parrafo en el que se habla de buscar empleo estando de baja: "Es crucial tener en cuenta que, si se decide buscar empleo durante un periodo de baja laboral, es fundamental informar a la entidad médica responsable de la situación y obtener su aprobación. Asimismo, es importante recordar que cualquier actividad laboral que realice el empleado durante este periodo deberá ser compatible con la evolución de su estado de salud y no suponer un riesgo para su recuperación. En caso de que el empleado incumpla estas normas, podría enfrentarse a consecuencias legales y a la revocación de los beneficios derivados de la baja laboral."

En otras palabras, puedes buscar curro estando de baja siempre que tu médico esté informado y la razón de la baja no sea incompatible con la actividad de buscar curro. Por ejemplo, si estás con una depresión, puedes buscar curro con el vistobueno de tu médico. Por otra parte, si te rompiste las piernas haciendo esquí, ahí si que hay incompatibilidad y te puedes meter en un lio.

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Cna

#27 Genial, pero aquí el protagonista pregunta por salir de la empresa con derecho a paro, no por obtener una baja.

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darkf1re

#26 igual le hacen indefinido plus.

Chamborz

Esto se considera MODIFICACION SUSTANCIAL, aunque en tu contrato ponga presencial, si tú has estado dos años teletrabajo , es un derecho adquirido, por lo que te pertenecen 20 días por año trabajado + finiquito + desempleo

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