#18 ¿Te suena algo llamado nomina? Tarde o temprano la tendra y ten por segurisimo que acabara pagando
Revivo, porque me interesa mucho.
#3 Si el cartero sólo ha venido una vez a casa con la notificación, no me ha encontrado en casa y pone que puedo pasar a retirarlo en la oficina (no que "el próximo intento de entrega se realizará el día "X"), ¿puede ser una multa?
Como dices que para las multas de la policía lo intentan una segunda vez y en mi caso lo han intentado una única vez y me han puesto que me puedo pasar a retirarla en la oficina, me ha surgido la duda.
Abrir el buzón una vez que llegas de vacaciones y encontrarte con este pastel es lo peor.
A ver si os enterais ya, que cualquier aviso de correos puede ser una jodida multa.
Tan solo mirar el remitente Agencia Tributaria, DGT, Guardia Civil, Aviso Rojo ( Madrid ) = multa.
Además.. es tan fácil como si nunca os llegan certificados y no sabeis como son .. y os han pillado recientemente.. ¿ que traerá el señor de amarillo ?
Y las notificaciones son dos intentos es decir, ayer te llamó simplemente y hoy te dejó el aviso al no estar, si te lo han dejado es que pasarón las dos veces, no que vaya a volver a pasar. Te tienes que mover si o si a por ello.
#3 si no consiguen dar contigo despues de X intentos, se publicara en el BOE y ya estas notificado.
Luego si es una multa economica empezara a correr el periodo voluntario de pago con reduccion, si procede, el pago integro, y una vez pasado para a recaudacion ejecutiva, la cual ya empezara a cargarse con intereses.....5%, 10% y 20%. Al llegar a este punto, si no se a saldado la deuda con la entidad publica se procede al embargo, ya sea de nomina, cuenta bancaria etc.
Con respecto a la cuenta bancaria...da igual que no figures de titular en 1 cuenta, si apareces como autorizado en una cuenta de tu tio de murcia, por ejemplo, puede que luego os lleveis una sorpresa cuando se embarge de esa cuenta....por ejemplo xD
Lo se porque tengo que oir muchos crys y lloros por este motivo.
Att. un trabajador de un ente publico
#33 Si no trae remitente tú me dirás lo que puede ser...
En donde pone "SITUACIÓN DEL ENVÍO" hay tres opciones:
A- El próximo intento de entrega se realizará el día ... hora ...
B- Puede pasar a retirarlo en la oficina (ver el reverso) y plazo indicados a partir del día siguiente a la fecha del aviso.
C- Se devuelve al remitente.
Supongo que si pasan la primera vez y no encuentran a nadie, echarán la notificación marcando la opción A e indicando cuándo volverán a pasarse; pero en mi caso no pone que volverán a pasarse, sino que directamente han marcado la opción B, por lo que incumplirían el requisito de la doble notificación.
Si te dejaron el papelito amarillo... debajo de la pegatina o el codigo escrito a mano te pondrá el remitente... el origen ya es más posible que no este escrito , pero el remite fijo.
a ver... brevemente:
1.- has cometido una infracción del art. 25 de la ley de seguridad ciudadana del 92 (ley corcuera) osea, te han pillao con chocolate o yerba
2.- la policía levanta acta de denuncia te piden que la firmes, no es obligatorio firmarla, pero tampoco tiene gran relevancia, ya que hoy día los recursos no te valdrán de nada
3.- se te abre expediente sancionador por la subdelegación del gobierno donde te pillaron con el tema
4.- Se te comunica propuesta de resolución
5.- Tienes un plazo para formular alegaciones ¿cuales?
a) puedes pedir pruebas de analisis de la droga
b) debes pedir ratificación de la denuncia de los polis
c) puedes alegar registro indebido
d) puedes alegar que es tu primera vez y que no lo harás más y que tengan piedad, etc
6.- Formularás alegaciones (o no) y en mi opinión no te harán ni puto caso porque están por recaudar y en mi opinión la administración le da igual que los polis actuaran debidamente o no. Y entonces tendrás que pagar la multa de 300 euros si es la primera vez o más depende de la sustancia y cantidad.
7.- tendrás un plazo adicional de un mes para interponer recurso de alzada ante el ministro del gobierno.
Bien, seguramente todo ésto no valdrá de nada, pues están pro recaudar pasta como sea, así que lo que te aconsejo es que cuando te llegue la propuesta de resolución vayas a la administración que corresponda, reconozcas los hechos y les solicites cuenta donde hacer el ingreso. Puedes consultar en cualquier momento el expediente en la administración que conozca del asunto. Si no quieres que tus padres se enteren, te recomiendo que cojas las cartas, porque sino las cojes acabarán notificandote por publicación en el BOE y te multarán igual. Puedes ir a la administración cuando te llegue la primera carta y preguntar que quieres ver tu número de expediente, ellos están obligado a hacerlo, la ley les obliga y deberán de enseñarte el expediente, allí les pides la hojita para pagar y abonas el pago luego presentas un escrito del cual debes llevar copia y que te sellen uno en el que les dices que reconoces los hechos, que te das por notificado y que ya has abonado la cuantía y que no es necesario que te notifiquen al domicilio.
Sobre el tema de recursos, yo ni lo intentaría, pues aunque fumar marihuana-hachís debería de ser legal, la ley es la que es, y sólo se nos aplica a los débiles y como ahora están por recaudar pasta creo que no harán ni caso a tu recursos.
Otra opción si te da igual aparecer en el BOE, es no coger las cartas y eso sí cuando te notifiquen por el BOE la propuesta de resolución, calculas los días límite para reclamar (los domingos y festivos en la admón son inhabiles cuando hablamos de plazos de días) pues reclamas el último día de plazo (incluso lo puedes hacer por correo administrativo para ganar algún dia de plazo, auqnue te cobrarían por ello) y no cojas las cartas, así también con la resolución final y si en todo ese tiempo pasan más de 6 meses caduca el procedimiento, pues es el plazo de caducidad que se marca en el RD 1398/93 por el cual se desarrolla la potestad reglamentaria sancionadora. Es decir, que si desde la fecha en la que se ESCRIBE el acuerdo de iniciación del procedimiento, hasta la NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN E IMPOSICIÓN de la sanción han pasado más de 6 meses, el procedimiento sería nulo y tendrían que abrir otro procedimiento para multarte. Deberías de presentar escrito alegando la caducidad del procedimiento sancionador.
Pero si ha pasado más de un año desde la infracción ya no podrían abrir un segundo procedimiento. Habría prescrito la infracción.
En resumen, no te mates la cabeza y asume que la administración está por recaudar y va a hacer lo que sea por multarte, en mi opinión, no hará ni caso a tus recursos y se pasará tus alegaciones por el arco del triunfo. Otra cosa es que terminado todo el proceso lo llevaras a la vía judicial, pero es otro cantar. Un saludo
A mí todas las multas me las hacía firmar el cartero... Si no firmabas pues retrasabas los 15 días de descuento para pagarla.. Pero si rechazabas la multa varias veces pasaba directamente a Hacienda..
El sobre era negro y venía a nombre de Ministerio del Interior...
He ido a por la notificación y NO era una multa.
Para posibles futuras dudas, si es una multa el remitente de la notificación es el Ministerio del Interior, y tal y como se ha dicho aquí, Correos ha de intentar notificarlo en dos ocasiones.
Las multas que no se pagan rezan en hacienda y cuando curres con contrato obviamente te lo descontaran con recargo.
#31 A mi hace una semana, me llego una carta de la agencia tributaria (HACIENDA) diciendo que debía pagar 360 euros por una multa que tenía (de marihuana), fui a hablar con el gestor de hacienda de aquí y me dijo que si no tengo bienes (que no los tengo) ni cuentas bancarias a mi nombre (que si las tengo pero me las voy a dar de baja) la multa la archivan en 1 año y medio ó 2 por no ser una gran deuda y no poder meterte mano por ningún lado. Y como yo nómina no tengo porque estoy estudiando, pues alá!