Medidas laborales legales/ilegales de empresas a causa del coronavirus

varuk

A raiz de que una amiga ha preguntado en un grupo de whatsapp que su empresa quiere obligarles a coger unos días de vacaciones de forma obligatoria (ahora están teletrabajando), he consultado Laboro-Spain para ver si tenían algo en concreto sobre esto.

Laboro-Spain ha sacado un buen artículo que clarifica un poco el tema de qué sería ilegal y que sería legal en las empresas con todo esto del Coronavirus.

-> Ilegal
-> Legal
Sin marca: Dependería

Tu empresa te obliga a pedir vacaciones: Pues no señor, como es obvio tú no tienes obligación alguna de firmar una solicitud de unas vacaciones no deseadas. Otra cosa sería que la empresa te mandara de vacaciones "obligadas", en cuyo caso tú podrías presentar demanda de impugnación en el plazo de 20dh si se hubieran saltado tu derecho a conocerlas con 2 meses de antelación.

Tu empresa te finaliza el contrato temporal: Eso sería un despido, especialmente si fuera un contrato temporal en fraude, que son la mayoría. Procedería demanda de impugnación de despido en el plazo de 20dh. Quizá podría haber alguna excepción, como que la causa de temporalidad de tu contrato fuera una obra o servicio que finalizara precisamente ese mismo día por el tema del coronavirus.

Tu empresa no te contrata este año o esta temporada: Parecido al caso anterior. También sería un despido si tenías contrato fijo discontinuo. También sería un despido si te hacían un contrato temporal cada año pero la actividad se repetía periódicamente. Procede demanda de impugnación de despido en el plazo de 20dh.

Tu empresa directamente te manda a casa, deja de pagarte y te da de baja en la SS; pero "solo por un tiempo": También es un despido aunque la empresa no lo reconozca. Cualquier acto de la empresa que de por finalizada la relación laboral puede ser calificada como un despido por el juez aunque no exista la carta de despido. Obviamente mandarte a casa con baja en la SS sería una finalización de la relación, dado que cualquier otra medida de las que se explicarán luego exige mantener el alta en la SS. Por lo que tendrías un plazo de 20dh para iniciar las acciones de impugnación de despido. ¿Que la empresa negara que hubiera despido y el juez la creyera? Pues estupendo: a pagar los salarios y las cotizaciones de todo el tiempo que hubieras estado "en casa". ¿Que no? Pues despido: a pagar indemnización o salarios de tramitación. O es despido o no es despido, porque no existe un concepto intermedio que sea despido para que no cobres ni cotices pero que no sea despido para no indemnizarte.

Tu empresa pretende que pidas la baja médica: Pero tú de baja probablemente cobras menos y las bajas no se piden sino que las da el médico cuando lo estima oportuno. Pero aunque te la quisieran dar, el Ministerio ya ha aclarado que solo procedería una baja "especial" por el coronavirus sin estar enfermo si <b>a tí</b> te aislaran. Pero no es causa de baja que tu empresa, a causa del coronavirus, tenga problemas económicos.

Tu empresa te dice que vas a hacer teletrabajo: Pues estupendo y ojalá que dure. Pero no por eso tienes obligación de trabajar más horas ni la empresa tiene derecho a pagarte menos, salvo los gastos de transporte y dietas asociados a los desplazamientos que no hagas. Tu sueldo no depende de la "intensidad" de tu trabajo ni de lo "jodido" que te sea trabajar.

Tu empresa te manda temporalmente a otro centro de trabajo: Entonces tú podrías tener derecho a cobrar los gastos de viaje y las dietas, según la distancia a la que estuviera ese nuevo centro de trabajo y del convenio que fuera de aplicación. Aunque fuera una medida temporal y justificada. Procedería demanda de reclamación de cantidad en el plazo de 12m.

Tu empresa hace un ERE temporal con despidos y/o reducciones de jornada y/o suspensiones de contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Precisamente, esta medida legal está para casos como este. Pero en cualquiera de esos casos tendrías derecho al paro y además, menos en caso de despido, la empresa tendría que seguir cotizando al 100%. Puedes estar seguro de que eso será lo que harán en las grandes empresas. Aunque a río revuelto, ganancia de pescadores; por lo que no cabría descartar que alguna empresa pretendiera aprovechar el coronavirus para echar a algún trabajador de más, o a los trabajadores "rebeldes", o a los trabajadores que estén ejerciendo sus derechos de conciliación familiar; sobre todo las empresas que quizá tuvieran a su disposición a algún o algunos sindicatos comprensivos que saben comportarse.

Tu empresa te despide, suspende el contrato o reduce la jornada por fuerza mayor: Igual que el caso anterior salvo que la empresa no es quién para decidir que exista la fuera mayor, ni siquiera por acuerdo con sindicatos comprensivos. La existencia de esa fuerza mayor deberá ser constatada por la autoridad laboral tras solicitud de la empresa.

Tu empresa manda a los trabajadores a casa sin hacer un ERE temporal antes, pero no los da de baja en la SS: Entonces tienes derecho a seguir cobrando tu salario completo y podrías reclamarlo junto con el 10% de intereses con demanda ordinaria en el plazo de 12m. No es despido porque no te han dado de baja y por tanto no han manifestado voluntad de extinguir la relación laboral.

Tu empresa te reduce de jornada completa a jornada parcial sin hacer antes un ERE temporal: Igual que el caso anterior, aunque la demanda que procedería sería de impugnación de modificación injustificada de condiciones de trabajo en el plazo de 20dh.

Tu empresa te despide: Dependiendo de la causa del despido y de la forma en la que lo hicieran, podría ser despido procedente, improcedente o nulo. En cualquier despido se tiene derecho a cobrar el finiquito y el paro. Además, como los problemas de la empresa derivados del coronavirus nunca podrían ser causa de despido disciplinario, en este caso también tendrías derecho a indemnización. La demanda sería de impugnación de despido en el plazo de 20dh.

Tu empresa despide a muchos. Dependiendo de cuántos fueran esos muchos, podría haberse saltado la obligación de haber hecho antes un ERE de despidos, en cuyo caso todos los despidos serían nulos. Demanda de impugnación de despido en plazo de 20dh.

En cuanto a medidas o derechos del trabajador, no de la empresa:

  • Derecho a la reducción y/o adaptación voluntaria de jornada en caso de necesidades de conciliación familiar (niños en casa, abuelos aislados...)
  • En el mismo caso, derecho a la excedencia fraccionada por cuidado de hijos menores de 3 años y/o por cuidado de familiares hasta 2º grados por razones de edad.
  • Por supuesto el derecho a no ir a trabajar en caso de riesgo grave y cierto de contagio y falta de medidas de prevención.

https://laboro-spain.blogspot.com/2020/03/medidas-laborales-ilegales-coronavirus.html

Espero que le sirva a alguien.

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Sheraph

Estos de laboro son unos cracks. Explican muy bien los temas de derecho laboral y tienen una consultoria para casos particulares. Yo les contraté para un tema mio y me informaron perfectamente y lo que es mejor, haciendo referencias a leyes y sentencias.

Gracias por compartir (aunque ahora soy autónomo y estoy fucked).

5 1 respuesta
varuk

#2 Pues aprovecho para preguntarte, ¿Qué te costó contratarles?(¿pagaste por consulta o por un tiempo X? (Yo suelo pagarle a un abogado laboralista de aquí para que me revise contratos y cosas del trabajo antes de firmar nada. Estaría bien también tener a estos en cuenta para eso).

1 respuesta
MoRiBuNdO

Enhorabuena #1, creo que es tu primer hilo didáctico en mv.

Gracias por el aporte.

2 respuestas
varuk

#4 Gracias. Supongo que si dices eso serás nuevo en MV. Bienvenido a la comunidad.

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B

Muchas gracias, algunas cosas tenía mucha incertidumbre.

Z

Tengo un familiar que contrataron para dar clases de cursos oficiales en una academia hace 2 semanas por obra y servicio de los 3 meses que iba a durar el curso.

Ahora que cancelan las clases la despiden. No se hasta que punto es legal esto

2 respuestas
Sheraph

#3 Les consulté mi caso de dimisión y reclamación de horas extras no pagadas, diferencia salarial, varias movidas y me cobraron casi 60€ iva incl. Me contestaron muy bien y como a raíz de su respuesta me surgieron algunas dudas me las aclararon, aunque ya me avisaron que en principio sus servicios son por una única consulta.

También fui a consultar lo mismo a Colectivo Ronda en BCN, y la abogada que me atendió me despachó en 30min con información muy ambigua y me cobró 40€. Sin duda mucho mejor invertidos los 60€ de laboro.

1 1 respuesta
SamaWoodo

Muy buen hilo. Muchas gracias.

B

Muchas gracias por el hilo.

legi0nx

Gran hilo y gran aportación, como siempre. Gracias @varuk

B

Mis dieses @varuk, hay mucho aprovechado durante este tipo de crisis.

varuk

#8 Gracias Sheraph, y al resto.

samusamu

Buen hilo, compartiré esto por el curro.

Soraghatsu

enhorabuena @varuk buen hilo, en mi opinión, rara vez abres algo bueno, pero está vez sí, felicidades

3
clethaw

#1 Muy buen hilo.

#4 Bienvenido a MV compi.

Saiko9

#1 Muchas gracias.

Inver

Alguien que me sepa aclarar esta frase? "Por supuesto el derecho a no ir a trabajar en caso de riesgo grave y cierto de contagio y falta de medidas de prevención"

Vivo con una enfermera que trabaja en urgencias, tarde o temprano lo pillaré.

1 respuesta
Vandalus

Pongo mi caso que igual le pasa a alguien mas.

En mi trabajo (empresa IT) nos quieren mandar a casa a teletrabajar, pero usando nuestro propios equipos.(No es programación, es de sistemas)

No me quieren proporcionar un portátil de empresa.

Y no pienso usar mi ordenador de sobremesa , instalando mil mierdas y haciendo pruebas por la puta cara, por ahorrarse un portátil. (que devolvería a la empresa al acabar este estado de alerta)

Varuk muy amable me ha contestado: El trabajo tiene que darte si o si las herramientas de trabajo. Cabe la posibilidad de que te diga "pues si en casa no puedes trabaja aquí". ¿Te da la posibilidad de trabajar en la oficina? Si es así en verdad te está proporcionando el material y sitio donde trabajar y te dicen "si quieres irte a casa ok pero no puedo darte portátil, si no quédate aquí". De momento el gobierno no ha dicho que la gente no trabaje en las oficinas, pero si recomendado que se haga en casa.

Y creo que tiene toda la razón

Alguien mas en este estado?

gracias

4 respuestas
KarlosWins

.

1 respuesta
Soraghatsu

#19 te lo tienen que dar ellos

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Prava

#18 Lo que quiere decir es que si tienes riesgo grave de contagio en tu puesto de trabajo y no hay las medidas de prevención apropiadas tienes derecho a no ir.

Pero en tu caso si pillas el bicho dices que será en tu casa... así que no se aplica.

1 respuesta
Vandalus

#20 Podría hacerlo.

Pero que por ahorrarse un portátil , tenga que poner yo mis medios, no me hace ninguna gracia. (encima nos hemos enterado, que dicen que hay gente que si tendrá).
Vamos un cachondeo.

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Inver

#22 Merci por la aclaración!

Eustakiooo

En esta empresa somos una familia, no me interesa que los demás se enteren de sus derechos

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Shaka

Lo que a mi me gustaria saber es como las pymes/pequeñas empresas vamos a salir de este problemon economico.

En mi empresa somos 3 dados de alta casi 1000€ en seguros sociales.
Alquiler del local casi 1000€
Luz, agua e internet.
Sueldos.

De donde vamos a sacar ese dinero ?? es que con la tonteria se nos van 5000€ cada mes. No tenemos tantos ahorros para afrontar este paron.

Que ayudas dara el gobierno??

He escuchado que el pago de la SS se podra hacer otro mes, pero como cojones pretenden que otro mes saquemos dinero para la SS de este ???

No se si alguno estareis mejor informado y me puede ayudar.

1 respuesta
imsack

#26 Ayer en el comunicado dijeron que habría ayudas y demás para este tipo de casos, supongo que en los próximos días saldrá más información.

1 respuesta
Jetxot

En mi curro han cerrado (y les ha costado, hasta este medio, y es un jodido cine...)

Tengo vacaciones a partir de la semana que viene y en principio no "convalidan", se aplazan. Por si a alguien le quieren hacer la cobra.

zErOx

Buen hilo, hulio.

Shaka

#27 si si yo se que habra ayudas, pero claro, aun no nos han dicho nada y estamos sin saber si continuar abiertos o no (sevilla).

Tb es verdad que en 2 dias casi no ha venido nadie.

1 respuesta